Buenos días, mi sobrino tiene 12 años, tengo entendido que a esta edad ya pueden elegir, o mas bien, dar su opinión sobre con quién vivir, pero en este caso el niño no quiere vivir ni con su padre ni con su madre, si no con sus abuelos, ¿Esto sería posible? ¿Cómo tendrían que proceder?
Además tiene un hermando de 4 años de otro padre diferente, entiendo que este otro hijo tendría que tener un procedimiento diferente ¿no?
Mil gracias.
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Buen día, le informamos que al menos en el estado de Guanajuato, los menores pueden tomar esta decisión a partir de los 12 años, sólo que la misma tiene que ser para con alguno de los que ejercen la patria potestad, es decir, sus padres. Para poder hacer que se quedara con sus abuelos tendrían que acreditar que ninguno de sus padres son aptos para el buen desarrollo del menor, o que recibe malos tratos o malos ejemplos, por lo que tendrían que proceder con un juicio de pérdida de patria potestad y tal vez, hasta realizar alguna denuncia ante el Ministerio Público, claro siempre y cuando haya vicios en el ejercicio de la misma, por lo que en caso contrarió tendría que hacerse con el consentimiento de los padres o de quien ejerza la patria sobre él.
En cuanto al otro menor es lo mismo, sólo que él no tiene, jurídicamente, la madurez mental para tomar una decisión de esta naturaleza, o más bien para ser tomado en cuenta sus deseos de con quien quiere vivir.
Efectivamente, el menor es escuchado ya en edad de adolescencia en algún proceso de carácter familiar.
Para que se quede bajo la custodia de los abuelos deben no existir el padre o madre o bien demostrarse que no tienen los medios suficientes ni la posibilidad de ejercer dicha custodia.
Y sí, si se llevan los procesos separados de la custodia de los menores puede haber resultados diferentes.