En mi juicio hipotecario civil, el juez condeno al demandado y perdió en la sala su apelación de la sentencia. Ahora pasaron los 15 días hábiles para presentar su amparo. Mis abogados no pueden contestarme sobre: ¿cuántos días hábiles tenemos que esperar para recibir el emplazamiento del amparo y de que forma viene el emplazamiento? ¿Y cuando podemos pedir al juez el incidente en ejecución de la sentencia?
Muchas gracias.
Respuesta enviada
En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente
Ha habido un error
Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.
Mejor respuesta
Esta respuesta ha sido útil para 2 personas
Saludos, estimado:
Como el demandado ya ha perdido en las dos instancias, y ya transcurrió el término para promover el amparo, lo conducente es solicitar por escrito a la sala que resolvió la apelación, que certifique que no se interpuso demanda de amparo. Posteriormente la Sala devuelve el expediente con el Juez de la primera instancia para que ejecute la Sentencia.
El emplazamiento a veces es muy tardado, muchas veces se hacen por correos tambien, aunque normalmente va el actuario del juzgado de distrito a emplazar para que envien los informes las partes del juicio. De todas maneras las sentencias de segunda instancia causan ejecutoria desde el momento de su dictado y el juez de primera instancia debe de ejecutarla.