Amparo indirecto: No ampara por conceptos de violación infundidos
Realizada por roberto xicotencatl. 22 sep 2015
Amparos
Esperando desde hace días la sentencia de amparo, el licenciado que lleva mi caso decía que todo iba a salir bien; pero hoy salió publicado por Internet: "No ampara por conceptos de violación infundidos".
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Presumo que la publicación a la que usted se refiere realmente quiere decir: "No ampara por conceptos de violación infundados". Ello significa que las violaciones que supuestamente cometió la autoridad contra la cual se están queriendo amparar, no han sido fundadas correctamente, no han sido demostradas con argumentos correctos o con pruebas suficientes, es decir que dichas violaciones no se aprecian como reales.
Son conceptos de violación infundados, y por consecuencia se le niega el amparo solicitado, todavía tiene la posibilidad de tramitar un recurso de revisión ante el tribunal colegiado de circuito, en contra de esta sentencia de amparo indirecto; pídale a su abogado le explique, y si no le da la suficiente confianza busque otra opinión, pero tenga en cuenta que siempre existe un término para poder interponer cualquier recurso.
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Buenas Tardes, con mucho gusto la orientaremos y ayudaremos, me gustaría que pudiéramos platicar y de esta forma conozca nuestros servicios y costos, le agradecería mucho que me llame al numero de celular que aparece en los datos de mi despacho, muchas gracias.
Agradecemos su confianza y le reiteramos que estamos para servirle.
Buenos días. A sus líneas le indicó que significa que los actos reclamados no tienen sustento legal, no están definidos o carecen de fondo para su análisis. Siendo importante que su abogado debe de agotar la vía, es decir, que solicite una aclaración a la sentencia y que no quede al arbitrio de quien conoció.
Xicotencatl, quiere decir que los actos de autoridad que Ustedes consideraron que eran violatorios de sus derechos (como una sentencia mal fundada o una notificación mal realizada) el juzgado federal luego de su estudio determina que no se violaron tus derechos, en consecuencia pudo proceder en forma parcial tu petición, aun te queda la revisión, pero te recomiendo que la explicación amplia se la pidas a tu Abogado.