Actualmente habito un departamento cuyo contrato de arrendamiento venció el pasado mes de enero, dicho contrato está celebrado con el albacea del inmueble (hermano de la fallecida propietaria). El contrato no ha sido renovado hasta la fecha, investigando un poco resulta que el viudo de la propietaria del inmueble está promoviendo un juicio de remoción de albacea. A la fecha ni el hermano (albacea) ni el viudo se han acercado a mi para renovar el contrato y tampoco me ha sido posible localizarlos. ¿Me recomiendan seguir depositando la renta en la cuenta bancaria habitual a nombre del albacea o conservar el dinero y pagar hasta que pueda conversar con alguno de los dos?
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Buenas noches. En relación con su duda, le comento que el albacea es el administrador de los bienes de la persona que falleció. En ese sentido, sí estaría facultado para celebrar el contrato de arrendamiento con usted. Sería necesario revisar su contrato para determinar si éste se renueva automáticamente al vencimiento o no. Independientemente de ello, usted debe seguir pagando la renta tal y como lo ha pactado en el contrato, hasta el momento que sea notificado de la remoción del albacea. En el momento en que se le notifique de la remoción, sí será necesario negociar con el nuevo albacea para confirmar a qué cuenta depositar. Habrá quien le recomiende que consigne el pago de la renta, es decir, que lo entregue en depósito al juzgado, pero considero que en este caso el beneficiario no es desconocido, y su facultad de recibirlo no está en duda hasta que un juez lo remueva de su cargo de albacea. Estamos a sus órdenes.