Asesoría sobre mis obligaciones y derechos

Realizada por jorge alberto sanchez. 28 sep 2015 Asesoría jurídica

Me junté con una persona hace un año y tengo un bebé de 5 meses, no es posible ya estar juntos, no obstante me hice cargo de ella y sus dos hijas durante ese periodo, dándoles todo; casa, comida y vestido, más una buena casa, para vivir, estamos llegando a extremos y quiero que me indiquen cuales son mis obligaciones y derechos para con mi hijo.

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Debe usted seguir dándoles todo lo que necesitan en la medida de sus posibilidades económicas. Debe tomar en cuenta que ambos padres tienen la patria potestad de sus hijos, lo que les impone obligaciones y les otorga derechos. Generalmente en una separación la madre conserva la guarda y custodia de los hijos mientras que el padre tiene derecho a las visitas de convivencia. Si usted no tiene la patria potestad sobre las hijas de ella, no tiene obligaciones ni derechos sobre ellas porque tales obligaciones y derechos pertenecen al padre biológico; en cambio si usted las hubiera adoptado, estaría con las mismas obligaciones y derechos que con su bebé.

Asesores Lechuga Quijano Abogado en Cuautitlán Izcalli

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Sr. Jorge:
Una solución responsable a su conflicto, es llegar a un acuerdo con esta persona y formalizarlo mediante la transacción judicial. De no ser posible deberá usted interpelarla judicialmente para que abandone el hogar por las razones personales que usted tiene, las que no son obligatorias de su parte dar a conocer;
De cualquier manera usted tiene la obligación de ministrar los alimentos necesarios para su menor hija, esa decir el 50% de todos los gastos de manutención de la menor hasta su mayoría de edad y/o hasta la conclusión de sus estudios profesionales normales; por lo tanto esto no debe ser obstáculo para la separación.

Amparo y Derecho Administrativo en GDL Abogado en Tlaquepaque

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Dentro de lo legal si la señora no trabaja, usted tiene la obligación de proporcionar alimentos así como a su bebé, en lo que respecta de las menores de la señora, usted no tiene ninguna obligación para con ellas, es importante que lleguen a un acuerdo, y de no ser posible, consigne una cantidad de dinero en el tribunal por concepto de pensión alimenticia, esto lo respalda para acreditar en determinado momento que usted ha cumplido con sus obligaciones, saludos.
Corporativo Avellaneda

Corporativo Jurídico Avellaneda Abogado en Morelia

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Buenas Tardes, con mucho gusto lo orientaremos y ayudaremos, me gustaría que pudiéramos platicar y de esta forma conozca nuestros servicios y costos, le agradecería mucho que me llame al numero de celular que aparece en los datos del despacho o bien me hagas llegar algún teléfono donde podamos tener comunicación directa.

Le reitero que estoy a sus órdenes y que estaré atento a tus comentarios.

Muchas Gracias

Asesores Jurídicos Asociados Abogado en Cuautitlán Izcalli

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