Buen día, renté mi departamento por medio de un contrato el cual venció hace un año, pero acordamos que lo siguieran rentando sin elaborar otro contrato, no adeudan meses de renta. Les pedí del departamento en el mes de septiembre del 2015 y a la fecha no me entregan por que dicen que no encuentran donde vivir, sin embargo yo ya quiero que me entreguen, ¿cómo podría proceder yo?
Respuesta enviada
En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente
Ha habido un error
Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.
Mejor respuesta
Esta respuesta ha sido útil para 1 personas
Debes darles el termino pero esto se hace por medio del Juzgado, no hay manera de que pruebas que ya les diste el termino es palabra contra palabra, por eso demanda uno para que acuda el secretario del juzgado y les de el plazo y deje asentado en el acta cuando se les vence el plazo.
Estimado Ricardo,
Al no haber firmado un nuevo contrato ha operado una figura denominada “tácita reconducción” lo que implica que el contrato se ha renovado por tiempo indeterminado. Ahora bien, si es tu decisión rescindir el contrato, la ley te obliga a notificarle a tus inquilinos tal situación, lo que podemos hacer mediante unas “diligencias de jurisdicción voluntaria”. Notificados de tu decisión ellos tienen 30 días para desocupar el inmueble, en caso de negación, deberás proceder a una demanda formal en materia de arrendamiento para que el juez los obligue a desalojar el inmueble.