Buenas noches, resulta que quiero renunciar a mi trabajo

Realizada por Pedro Juarez. 3 may 2016 Abogado laboral

Buenas noches, resulta que quiero renunciar a mi trabajo, entre el 17-dic-08 y posiblemente renuncie el 17-may-08 ¿cuanto me tocaría por renuncia voluntaria? ¡gracias!

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Cuando se renuncia sin ninguna causa, no tienen por qué darte nada más que lo que tengan retenido en ese momento, es decir: Los días que lleves trabajado previo a tu renuncia, lo que lleves ganado de aguinaldo y los días que lleves ganado de vacaciones; PERO, si tu renuncia es por las presiones de trabajo, el acoso, a que te pretendían o variaron arbitrariamente las condiciones laborales en lo más mínimo, (Horario, Puesto, Plaza, funciones, obligaciones obligar a tiempo extra, y sobre todo te hacen cualquier rebaja de sueldo, disfrazado de cualquier pretexto) o simplemente porque las condiciones laborales, (Incluyendo la relaciones con patrón supervisores u otros compañeros, hostilidad agresividad, etc.) no son las más optimas, adecuadas seguras o simplemente no estas a gusto, y estas razones son las que te orillaron a pensar en renunciar o que te hicieron renunciar, esta renuncia es ilegal, tienes derecho a la indemnización de ley incluyendo tres meses de sueldo, catorce días por cada año laborado y a que te paguen durante el Juicio. Garantizado. Desde que cumpliste un mes trabajando, si te despiden, tienes el derecho de recibir, indemnización de noventa días de salario, catorce días por año laborado, tus aportaciones al imss afore e infonavit, completas y al corriente desde que iniciaste a trabajar hasta la semana del despido, tu reparto de utilidades de los dos últimos años, tu aguinaldo completo, lo que lleves ganado de días de vacaciones desde la última vez que las tomaste más el veinticinco por ciento de esta cantidad como prima vacacional, todas las prestaciones extras que de tu empresa, como vales, premios, ayuda de útiles etc. tu caja de ahorro integra (Y si el patrón te aportaba algo NO PUEDE RETIRARTELO). Además, si tienes la necesidad de demandarlo tienes el derecho de que te siga pagando hasta que se soluciones el conflicto y te des por pagada ante la junta y le firmes el desistimiento de la demanda.

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Buenas tardes Pedro, cuando tu renuncias, a menos que hayas trabajado para el mismo patrón durante 15 años, sólo tienes derecho a que se te paguen tus prestaciones irrenunciables (aguinaldo, vacaciones y prima vacacional). Si estás en la ciudad de Aguascalientes con gusto podemos ayudarte a hacer los cálculos exactos.

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Buenas tardes Pedro, en este caso, por renuncia voluntaria tu tienes derecho a que se te paguen únicamente tus prestaciones irrenunciables (aguinaldo, vacaciones y prima vacacional). Si estás en la ciudad de Aguascalientes con gusto opdemos darte asesoría personalizada.

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