En 1991 se me otorgó un crédito, se hicieron pagos parciales, se solicitó una restructuración de la deuda y no fue aceptada, posteriormente se me hizo una demanda en el juzgado de lo mercantil, la cual fue contestada por mi abogado y se siguió hasta el 1995 y a partir de ahí a la fecha ya no se generó ninguna notificación. En el expediente, ya que el programa que otorgó, esos créditos desaparecieron. Ahora mi duda es ¿cómo liberar el gravamen de mi propiedad? ya que mi abogado no me informa nada.
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Hola, es muy posible que en la legislación local de su estado pueda encontrar un mecanismo para caducar la inscripción en el Registro Público de la Propiedad, dado que ya ha pasado mucho tiempo desde las últimas actuaciones en el expediente que originó el gravamen. En Chihuahua, el artículo 108 de la Ley del Registro Público de la Propiedad le permite hacer lo que acabo de describir a través de un trámite muy sencillo y fácil. Si lo desea, puede contactarme y le proporcionó asesoría sin costo.
Si persiste su situación, duda o conflicto le ofrecemos gratuitamente asesoría personalizada en línea a través de la comunicación que permite esta pagina o directo en nuestro Email que también puede conseguir a la vuelta de su primer contacto por ésta pagina en el archivo adjunto que se envía.
Buenos días, yo le sugiero que hagamos una búsqueda ante el Registro Publico de la propiedad o IFREM si el bien inmueble se encuentra en el Edo de Méx, para conocer el ultimo folio, es importante que se comunique con nosotros para comentar mas a detalle de su caso, la asesoría legal es gratuita, quedo en espera de sus comentarios.
Si ya desapareció el expediente como usted lo informa, hay que solicitar al RPP un certificado de libertad de gravamen, e virtud de que los existente ya caducaron prescribió su termino para renovar los mismos, así mismo para mayor seguridad también se podría tramitar un juicio solicitando la prescripción del termino legal que el Código Civil concede para reclamar el pago de un adeudo.