Estoy embarazada de dos meses y el papá de mi hijo dijo que se haría cargo, trabajamos en el mismo lugar pero el tiene otro puesto y aveces no nos vemos, recibe sueldo fijo y ahora me bloqueo de sus redes sociales y no hay contacto, puedo demandarlo para pensión desde el embarazo pues dijo que sería parte de los gastos pero parece que ya no quiere tener nada que ver, pero quiero que afronte sus responsabilidades, tiene dos hijas con alguien más y creo que ya regreso con su ex y es por eso que no quiere tener nada que ver pero que puedo hacer? Aún puedo demandarlo? Y cómo puedo hacerlo?
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Hola Vianey
Contáctame directamente con gusto podemos asistirte somos expertos en asuntos como el que actualmente requieres de atención.
Seguro que puedes demandar, pero te recomiendo que lo hagas una vez que nazca, para que demandades el reconocimiento de paternidad y los alimentos estos pueden ser desde el embarazo.
Si después de nacido no quiere reconocerlo voluntariamente debes demandarle el reconocimiento de paternidad, en ese juicio se le obligara a reconocerlo y posteriormente se le fijara una pensión alimenticia para el niño o niña.
Le comento que primero debe buscar un abogado en materia familiar para que demande al Sr. el reconocimiento de paternidad, una vez decretada la misma, se procedería a la demanda de alimentos. asesórese antes de tomar o ejecutar cualquier decisión. saludos cordiales. Atte: Licenciado Lobato.
Hola buenas tardes, actualmente no puedes aún demandar al padre, pero al momento del nacimiento de tu menor, podrías demandar la pensión alimenticia y así mismo los gastos que erogaste por el embarazo, si gustas contáctanos y con gusto te brindamos una asesoría más completa. Excelente tarde...
Usted siempre va a tener el derecho de demandar alimentos al padre de cualquiera de sus hijos por todo el tiempo que sea necesario. Es un derecho no solo de usted sino con mayor razón de cada menor que necesita de un padre y una madre. Cuando el bebé nazca, usted podrá iniciar la demanda de reconocimiento de paternidad para que el menor sea registrado y reconocido por el padre y usted pueda demandarle los alimentos correspondientes además de que el menor tendrá derecho de que su padre conviva con él.