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Saludos desde la cuidad de Pachuca. Sin duda que el asesoramiento de un abogado sería lo más prudente, sin embargo puedo recomendar en primer lugar, conocer la fecha de vencimiento de los pagarés, ya que estos tienen una caducidad -en el estado de Hidalgo- de tres años; puede igualmente promoverse un juicio ejecutivo mercantil, en el que se procede al embargo para garantizar el pago de la deuda, entre otras estrategias legales que le puede recomendar un especialista. Ojalá haya sido de utilidad nuestro consejo. Atentamente, Despacho Islas - Hernández & Asociados.
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1 respuesta
Un Abogado debe de elaborar la demanda mercantil que proceda en razón de la fecha de vencimiento del miso, y requerir y emplazar al deudor, y si procede el embargo realizarlo.
Lo único que deben hacer es acudir a un Abogado, que les haga un recibo del pagaré, en el que explique que lo va a cobrar en su nombre, que se lo endosen al reverso, y señalarle donde se encuentra esta persona para ser requerido, Si no lo saben deben escuchar las opciones que les ofrece el profesionista para que elijan la que mas se ajuste a su presupuesto, para investigar, localizar a este deudor. y en su caso emplazar por edictos.
Si la persona está localizable pero es totalmente insolvente, fue un error haberle prestado sin un aval, y solo podrán requerirlo y embargarle sus precarias pertenencias y suspender el juicio hasta que de alguna manera cambie la situación económico patrimonial del deudor.
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