Mi hija tiene 6 años hace 4 años me separé del padre biológico, desde entonces no se hace cargo de la niña, actualmente tengo una relación estable y deseamos cambiar el apellido para que mi pareja le de el apellido de él.
¿Cuál es el procedimiento?
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Diana. el procedimiento es ante un juzgado familiar. te recomiendo lo hagas por medio de un abogado para que te asesore.
Vamos a tratar de explicarnos. Todos los individuo tenemos el derecho (Legal y natural) de conocer nuestro origen, por eso atendiendo el interés superior de los menores se obliga a los renuentes a reconocer la paternidad y que se les ponga el apellido que les corresponde a pesar de que el padre no quiera firmar. Ahora una vez reconocida la paternidad u obligado a hacerlo, el apellido no se cambia jamás; solo en caso de adopción, voluntariamente el padre biológico puede dar al menor en adopción, pero si no es voluntad hacerlo, lo que se hace es quitarle el derecho a decidir, es decir quitarle la Patria Potestad del menor, esto es lo que se demanda, La perdida de la Patria potestad. De manera que la madre queda como la única que puede otorgar el consentimiento para la adopción, lo otorga y el menor es adoptado por el otra persona, y sobre el acta de la menor, en un lado es decir al margen de esta, conservando integrando el contenido integro de lo interior, e hace una anotación marginal en la que se especifica que como resultado de la adopción a partir de ese momento "María Pérez" Será Conocida Como "María Gómez" así se le respetara siempre a su hija el derecho que tiene de conocer su verdadero origen, como ordena la ley, además de que se evitan fraudes pues si no quedara huella de quien fue una persona ni de la razón por la que cambió su apellido, muchas personas, utilizarían la adopción para cambiar totalmente su personalidad y nombre, y evadir responsabilidades, pues podemos ser adoptados a cualquier edad siempre que el adoptante tenga 18 más que el adoptado.