Mi nombre es Iván Damián Meling y la razón de mi pregunta es porque mi padre falleció el año pasado y ha sido difícil todo para mí ya que nunca me dio su apellido. Ahora mis medios hermanos y mi madrastra tenemos una leve relación.
El tema que ellos evitan es sobre lo que mi padre dejó para sus hijos pero hubo una mención por parte de ellos en los últimos meses y es que mencionaron que mi papa no me dejó nada solo porque no tengo su apellido. ¡Y me encantaría saber si es cierto!
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Hola que tal!
Debes de promover un juicio de filiación con tu padre occiso, a fin que se determines el parentesco, despues que tengas los apellidos debes de promover un juicio sucesorio en el caso que no haya dejado un testamento. Si lo dejo, puedes demandar las pensiónes alimenticias que nunca te pago y cuando se resuelva en el incidente de liquidación debes de mencionar los inmuebles y demandar al albacea de los bienes que le encargo tu padre. Es muy largo y mucho relajo pero no es imposible.
Le comento que pudiere ser Posible que a usted su padre lo halla reconocido en un testamento si es que existe, además de haberle heredado algún bien, pero reitero en el testamento se podrá ver eso... De lo contrario por la muerte de su padre lo veo algo complicado, si aun viviera pudo haberle demandado la paternidad. saludos
No, no puedes alegar derechos como heredero.
Una cosa es la filiación y otra cosa son los derechos sucesorios.
Aún cuando acreditaras relación de consanguinidad mediante pruebas de ADN, pues además de esta prueba, necesitarías la testimonios a favor de tus medios hermanos, él nunca te reconoció y en todo caso, por ende, no te concedió derechos hereditarios.
Investiga si hay testamento, no necesariamente tienes que tener su apellido para que te contemple en el testamento, de lo contrario contrata a un abogado de tu confianza para que te asesore como pedir el reconocimiento.-
Saludos, si tu papá dejo testamento en el mismo se señala si eres heredero de sus bienes o no, por otra parte si no dejo testamento y de ser su hijo reconocido (en tu acta de nacimiento que él aparezca como tú padre) puedes reclamar tu parte proporcional de herencia, esto a pesar de no contar con sus apellidos.
Por otra parte, existe el reconocimiento de la filiación o paternidad para que de no ser ninguno de los supuestos anteriores puedas reclamar el proporcional de tu herencia.