Buena tarde, mi caso es que estoy divorciada por acuerdo mutuo, en su momento nos casamos por bienes mancomunados, la casa que saqué con mi crédito Infonavit y dese siempre yo la he pagado y a la fecha es lo mismo, sin embargo, aparecemos los dos en la escritura y ambos acordamos ceder nuestro 50% a favor de nuestro único hijo. Hoy día ya no tengo trabajo y pretendo vender esa casa y adquirir otra ya que vivo con mis padres. ¿Qué recursos legales tengo?
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Que tal Nurbia
Comentas en tu mensaje que tú y tu ex-esposo cedieron el 50% del inmueble al menor y en ese sentido sí se realizó una Escritura a nombre de este último. El patrimonio ha salido de tu esfera jurídica, por lo que no podrías reclamarlo.
Buena tarde, no, no es posible porque ahora es propiedad del hijo, si usted considera necesario debe acercase a él. Si gusta acercarse a la firma, tenemos el despacho en Puebla pero atendemos en toda la república, comuníquese al WhatsApp 221 220 7529, donde se le podrá orientar con mayor tiempo sobre su situación.
El que la puede vender es tu hijo, el tiene la propiedad, si los dos están de acuerdo, puedes representar a tu hijo en la venta, obteniendo la posesión de la casa.
No, no puedes venderla, por convenio judicial de divorcio elevado a sentencia cedieron el inmueble a favor del menor, por lo que padre y madre son sus tutores pues ambos ejercen la patria potestad y su guarda y custodia compartida, y si tu hijo aún es menor de edad y el bien inmueble quedó a su nombre, necesitan, AMBOS, pedir autorización judicial para vender, venta que el Juez autorizará, obedeciendo al mayor interés del menor, no el de los padres, y si tu hijo ya es mayor de edad, el es el dueño y el decide si vende o no, luego entonces, no cuentes con ese recurso ya.
Hola Nubia; ambos padres tendrían que solicitar autorización judicial para enajenar el bien que es propiedad del menor, acreditando que dicha venta va a ser para bien del menor (la falta de recursos económicos puede ser una causa, porque ambos se ven imposibilitados para suministrar manutención para el hijo, pero tendrían que acreditarle fehacientemente al juez que AMBOS carecen de recursos). Suerte...!
Si se efectuó una donación de la propiedad en favor de un menor, necesariamente tiene que existir un tutor con facultades para ejercer actos de dominio sobre el bien propiedad del menor, lo cual se prevé para cuando ocurren circunstancias como las que usted relaciona. Hay que revisar la escritura para conocer quien tiene esa facultad en ese caso.