¿Cómo solucionar el problema familiar?

Realizada por Erick. 9 nov 2017 Notario

Hace ya unos 10 años mi abuelo falleció y no realizó testamento. Mi abuelo tuvo 2 hijos, un hijo, que es mi papá. El otro hijo es medio hermano de mi papá.

Mi papá inicio el juicio sucesorio pero falleció hace 2 años y no concluyó el proceso sucesorio. Mi tío actuamente sigue con vida y de mi papá le sobrevivimos 2 hijos. Cabe señalar que mi papá compró una casa en Ixtapa Zihuatanejo. Cuando fallece mi papá decidimos los tres (mi hermano, mi tío y yo) que nos correspondía parte iguales de la casa de mi abuelo y de la casa de Ixtapa Zihuatanejo nada más correspondía a mi hermano y a mí. Por lo que actualmente mi hermano vive en la casa de mi abuelo junto con su pareja y la familia de su pareja y no me deja pasar a lo que me corresponde de la casa.


Mis preguntas son las siguientes:


¿Quienes son los herederos de los bienes de mi abuelo?


¿Si mi hermano no nos permite el acceso a los bienes de mi abuelo, que es lo que se necesita hacer?


¿De la casa de Ixtapa, quienes son los herederos y en su caso el porcentaje que tocaría de la casa?

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Hola Erick; las respuestas son las siguientes:

1.- Los herederos de los bienes de tu abuelo son tu papá y tu tío; como tu papá falleció, tu hermano y tú lo sustituyen, esto quiere decir que tu hermano hereda un 25% de la herencia de tu abuelo, tú también un 25%, y tu tío un 50%. Aquí cabe precisar que si a tu papá le sobrevive una esposa, entonces ella también hereda, y el 50% de tu papá no se dividiría entre dos, sino ente tres.

2.- En primer lugar en relación a tu segunda pregunta, como ya se abrió una sucesión a nombre de tu abuelo y tu papá falleció, tanto tú y tu hermano deben iniciar otra para tu papá y de entre ustedes designar un albacea, que es el que los va a representar a tu papá en el juicio de tu abuelo (pero solo es representarlo, no los sustituye en el total de los derechos hereditarios de tu abuelo); ahora bien refieres que tu hermano no los deja pasar a la parte que les corresponde de la casa de tu abuelo, eso es incorrecto ya que todavía no hay “partes” que le correspondan a cada quien, pues todavía no se ha hecho la “partición y adjudicación” de la herencia de tu abuelo, entonces no hay partes que le correspondan a cada uno de ustedes (tu hermano, tú y tu tío). Deben continuar con el juicio de tu abuelo, y de entre ustedes tres deben designar un albacea para la sucesión de tu abuelo (tu tío y tú tienen ventaja contra tu hermano pues son dos contra uno, y el albacea se designa por mayoría de votos); una vez que hayan designado albacea de tu abuelo, este puede pedirle a tu hermano que pague una renta por estar ocupando la casa de tu abuelo (renta que se reparte entre los tres); y también ese albacea debe llevar el juicio hasta la partición y adjudicación, para así ahora si darle a cada quien lo que le corresponde, y si uno de los herederos no desocupa la parte de los otros dos, estos pueden ya como propietarios solicitar legalmente la desocupación de la parte que les corresponde; por eso es importante que sigan con el desarrollo de los juicios, y finalmente:

3.- De la casa de Ixtapa, tu hermano y tu heredan un 50% cada uno, salvo que a tu papá le sobreviva una esposa.

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Lic. Andrés Osvaldo Navarrete Díaz Abogado en León

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Lic. Guillermo Sánchez Vargas Abogado en Uruapan

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