¿Cuál es la diferencia entre cobranza judicial y extrajudicial?
Buenos días,
¿Me puede explicar alguien la diferencia entre cobranza judicial y extrajudicial?
Muchas gracias por adelantado
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La Cobranza Extrajudicial o también denomimada prelegal, es aquella que se realiza sin haberse promovido un procedimiento ante una autoridad Judicial, en consecuenca la Cobranza Judicial es aquella que tendrá lugar al ejercitar una acción ante algún organo Judicial para hacer efectivo e pago de un crédito vencido.
En VALLEJO, PARRA Y REYNOSO ABOGADOS, S.C. somos especialistas en Recuperación de Cartera Vencida, por medio de Cobranza Judicial y Extrajudicial.
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Extrajudicial, te molestan todo el tiempo y puede no haber un resultado favorable.
Judicialmente, si debes, pagas o te quitan bienes, es una manera legal de aún cuando no quieras pagar, si debes pagarás más de lo que debías.
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buenas tardes, te invito que visites mi sitio, Soluciones Jurídicas Lic. Víctor Carrillo Estrada, ahí encontraras nuestros números para que podamos concretar una cita, la asesoría legal es totalmente gratuita, estamos seguros de poderle ayudar.
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Cobranza Judicial, se efectúa por medio de demanda interpuesta ante un Juzgado y si es procedente la acción, de acuerdo a las pruebas aportadas, puede ordenarse el embargo de bienes para garantizar el cumplimiento de la obligación contraída.
Extrajudicial, se realiza previo a entablar la referida demanda, y generalmente es realizada por despachos contratados para dichos servicios. En ese caso es únicamente para tratar de llegar a una negociación de pagos, previa a la demanda, y no tiene mayor efecto, ni mucho menos la facultad de embargar bienes, aunque si puede ser una buena opción (negociación) a fin de evitar futuras demandas.
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La cobranza judicial es la que se efectúa por medio de la autoridad, contrario a la cobranza extrajudicial que se efectúa sin acudir a esa instancia. Contáctanos, con gusto te apoyamos.
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la cobranza extrajudicial es la que se realiza sin existir juicio de promedio y la judicial es la que se realiza mediante un juzgado
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Cobranza Judicial: Se realiza ante un juzgado y se inicia con la presentación de demanda, para culminar en caso de no pagar las prestaciones reclamadas durante el juicio con el remate de bienes embargados.
Cobranza extrajudicial; se inicia con medidas alternas de solución de conflictos, tales como visitas al domicilio, cartas, etc. Y de ninguna manera puede haber embargos
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