¿Cuánto tengo que dar de pensión de dos hijas biológicas y dos putativas?
Realizada por Manuel Pérez. 5 jun 2015
Estoy pagando crédito infonavit mejoravit que utilicé para construir en su terreno. Me casé con ella por lo civil con dos hijas de su anterior pareja y dos mías. ¿Cuánto le tengo que pasar, y si cuentan también los vales de despensa que me dan en la empresa?
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Acertado el comentario de mi Homólogo, con la variante de que por criterio Jurisprudencial en el estado de Veracruz, se establece un 15% por cada hijo y 20% por la concubina o esposa.
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Buenas tardes, antes que nada es importante saber si las dos hijas que ella ya llevaba al matrimonio ¿usted las registró con su apellido?. En caso de que no sea así, usted no tiene la obligación de mantener a esas menores aunque hayan vivido dentro de su matrimonio y hogar, y si tiene la obligación de darle pensión alimenticia a la mujer en caso de que se haya dedicado a las labores del hogar preponderantemente y a sus dos menores hijas el código civil del Distrito Federal no establece ningún artículo , donde se diga el monto de pensión alimenticia en determinada, podría ser entre un 40 o 45% de sus percepciones ordinarias y extraordinarias dependiendo del juez que conozca de su asunto ya que los jueces aplican sus criterios ya que la ley los faculta para determinar sobre las circunstancias de cada caso.
Somos un despacho de especialistas en derecho familiar al sur del Distrito Federal.
Buenas tardes, le comento que en el código civil no se establece un porcentaje, comúnmente el juez condena de un 15 a un 20% de los ingresos ordinarios y extraordinarios que perciba el demandado, referente a las hijas de otro matrimonio, si ellas no tienen su apellido no hay nada que obligue a darles, pero si fueron reconocidas por usted debo mencionarle que si habría obligaciones. Me gustaría conocer más a detalle su caso para poderle ayudar, nosotros nos encontramos en la Ciudad de México, puede checar más información sobre nosotros en nuestro sitio "Soluciones Jurídicas - Lic. Víctor Carrillo Estrada", la asesoría que brindamos es totalmente gratuita.
Únicamente tienes la obligación de las hijas que este registradas a tu nombre y disminuye la pensión en caso de estar habitando tu pareja la vivienda del crédito que estés pagando, y los vales de despensa entran dentro de la pensión. Saludos.
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La obligación es únicamente con las hijas que tengas registradas a tu nombre, y los vales de despensa van incluido dentro de la pensión alimenticia, además si te descuentan algún crédito y si tu esposa habita el domicilio del crédito, eso reduce la cantidad de pensión. Saludos.
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Hola: Gracias por escribir. El pago de alimentos son para su esposa y las hijas registradas con sus apellidos, el porcentaje total de alimentos del total de gananciales es de 10 % hasta el 15% para cada uno de ellas no rebasando el 50%. Si es en cantidad de dinero la Corte ha establecido el pago de un salario mínimo para la entidad por persona de manera diaria. Así que creo que le conviene un trabajo donde le hagan el descuento. Atte. Legis Semper Abogados.
Tienes obligación de dar alimentos a tus dos hijas biológicas y a tu esposa si es que no trabaja y el porcentaje lo establece el juez de lo familiar primero provisional y luego definitivo y es a criterio del juez la fijación de dicha pensión máximo el 50 % de su sueldo pero se tendría que analizar el caso particular que nos ocupa.
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La pensión alimenticia es para tu esposa y tus dos hijas biológicas, para las hijas de tu esposa por ley no les corresponde, sin embargo tu puedes apoyarlas.