Hola, llevo separado desde octubre del 2010 y con custodia compartida, mi hija vivía conmigo todos los días,menos 4 horas al día que estaba con su madre y hacia la cena con ella y fines de semanal alternos. Ahora la niña ya tiene 16 años y quiere estar una semana con su madre y otra conmigo, pero no se si debo ir a un juez para regularizar este tema. Gracias.
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Como refieres si es posible que llegues a un acuerdo y ambos lo cumplen, como padres ven que no se causa ningún perjuicio al menor pueden hacerlo. Si lo que existe en realidad duda respecto a que si un juez es capaz de obligar a ambas partes a que así sea, déjenos decirle que si la petición es justa, la menor manifiesta conformidad, y quien solicitase esta medida justifica que es en beneficio del desarrollo de la menor en todos sentidos, el C. juez la aprueba sin ningún problema.
Si existe conflicto por no poder arreglar el asunto con tu esposa, como adultos, debes ir ante un juez con asesoría legal; a veces, con buena fe las cosas se solucionan con un convenio, viendo la estabilidad de la hija de ambos
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Si tienes problemas al ver a tu menor, serìa necesario regular esa circunstancia, sea voluntariamente o a travès de la determinaciòn forzosa de la autoridad en materia de custodia de menores. Con gusto te apoyamos, contàctanos.
Por tranquilad tuya puedes ir al juez y manifestarle ese cambio de horario, pero no es necesario. Recuerda que próximamente tu hija será ya adulta y todo ese horario es para que este agusto ella.
Saludos
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primeramente su persona debe de asistir a un jez familiar para el efecto de realizar la correspondiente modificacion del regimen de convivencia en virtud del interes supremo del menor en cuestion, y por ende, a futuro evitar complicaciones legales para su persona tramite del cual somos espacialista en la rama por ende, la hacemos la atenta invitacion de contactarnos otorgandose la seguridad juridica que le corresponde
Siempre es conveniente hacer del conocimiento a la autoridad de todo aquello que tenga que ver con modificaciones a lo celebrado ante la misma. Esto con la finalidad de certeza, ya que en caso de controversia se tiene el antecedente en juzgado de tu actuar actual.
Estamos a tus ordenes.