¿De qué sirve que las sentencias tengan valor de cosa juzgada?
Realizada por Luz. 11 sep 2015
En la sentencia que derivó de la demanda que interpuse en contra de mi ex pareja se llegó a un acuerdo y es que yo tengo la guarda y custodia definitiva y él me daría pensión pero ahora el ingresó un incidente de cambio de guarda y custodia y de cancelación de pensión hacia mi persona. Fui a hablar con la Secretaría de acuerdos y le pregunté que entonces porque mi sentencia tenía valor de cosa juzgada si se puede cambiar lo de guarda y custodia, yo sé que la pensión si se puede cambiar. Ella me contestó que de nada sirve que sólo es una frase de cajón que se pone en las sentencias. ¿Es cierto?
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Todo aquello relacionado con las obligaciones hacia los menores y discapacitados, además de ser de interés público, es susceptible de ser actualizado conforme cambian las circunstancias a su alrededor. Los seres humanos cambiamos, ganamos o perdemos, aumentamos o disminuimos nuestras capacidades. Tanto adultos como menores sufrimos cambios y la ley está atenta para ajustar lo que sea necesario en beneficio de la sociedad.
No la cosa Juzgada quiere decir que por todo el tiempo están obligados a respetar la Sentencia. y así es
Ahora ante la variación de las condiciones, cualquier parte puede solicitar se reajusten las clausulas para adecuarlas a la condición de hecho que ahora prevalece (Es decir el debe alegar que Usted Ya no necesita la pensión y que a el le han nacido obligaciones, o le han disminuido sus percepciones de manera tal que le es imposible seguir cumpliendo).
No se distraiga de lo principal. La Sentencia esta firme, variarla incidentalmente requiere de pruebas fehacientes, Un Abogado debe analizar la solicitud de una de las partes y si no son ciertos loe hechos expuestos debe acreditarse la improcedencia del Interdicto, el hecho de que haya sido admitido (Obligación del Juez a hacerlo) no quiere decir que en automático va a proceder, consiga un abogado conteste, demuestre y defienda su "Cosa Juzgada", no permita que se la varíen mediante simulaciones. No se quede sin hacer nada.
Luz hola buenos días; esa Secretaria de Acuerdos se ve que no solo no tiene ética, sino que no le gusta lo que hace, pero en fín. La Sentencia cuando no es impugnada o atacada por las partes en conflicto a través del recurso de apelación, lo que procede es que se declare que causó ejecutoria, es decir, terminó siendo consentida por las partes y por lógica las partes deben estar y pasar por ella como si se tratara de cosa juzgada; sin embargo como dice el colega, hay ex maridos o ex esposas que apenas salió su sentencia y al mes o menos ya sea que promuevan un incidente de reducción de pensión o de cambio de guarda y custodia entre otros, pero no te preocupes, para que eso sucede debes ser una mal madre y darle los peores ejemplos a tus hijos, lo que no sucederá, pero te dará lata como no te imagines hasta llegar al amparo, lo que debes hacer es estar atenta y contestar todo lo que diga o contraatacar porque el que calla otorga. Si estás en el D.F. o edo. de México cuenta con nosotros, ok. Saludos. Atte. Lic. Armando Sales Paz y Puente