¿Demandar pensión alimenticia si mi hijo no lleva el apellido del padre?

Realizada por elizabeth. 21 may 2015

El padre de mi hijo no me apoyó durante el embarazo, al momento de nacer no quiso darle su apellido, después de nacido continuó haciendo caso omiso del bebe. Un amigo y yo lo registramos como unión libre, sin tener relación sentimental alguna; mi hijo ya tiene tres años de edad, me gustaría saber que tanto me puede afectar esta situación y si es posible mediante pruebas de ADN que el padre biológico se responsabilice de su hijo. Aclaro el estaba casado cuando mi hijo nació; no lo estaba cuando empezamos una relación, me enteré tiempo después pero ya estaba embarazada y tiene una hija de más o menos cinco años con su hasta ese entonces su esposa.

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Buenas tardes, tu amigo el que le puso su apellido, deberá demandarte un desconocimiento de paternidad o tu le puedes demandar en ejercicio de la patria potestad de tu hijo, el desconocimiento de paternidad y a su vez demandar al padre biológico el reconocimiento de paternidad, una vez que agotes este juicio, y que se acredite la relación filial, e inclusive desde que de positiva la prueba de ADN, o en su defecto se presuma la paternidad, esto en virtud de negarse el padre biológico a la toma de muestra sanguínea para establecer la paternidad, el juez deberá ordenar se fije una pensión alimenticia a favor del menor.

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Buenas tardes, tu amigo deber demandar el desconocimiento de paternidad, o tu en ejercicio de la patria potestad de tu menor hijo, a su vez tendrás que demandar al padre biológico el reconocimiento de paternidad, y en la etapa procesal en que se acredite la relación filial padre e hijo a través de la prueba de ADN, o se presuma la relación filial en virtud de negarse el padre biológico a la toma de muestra sanguinea, el juez deberá fijar una pensión alimenticia provisional a favor del menor, pues así lo ha establecido la Suprema Corte de justicia de la Nación.

Rubio Araiza, Abogados. Abogado en Chihuahua

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buenos días, es un cuestión critica, ya que si lo registraste con los apellidos de tu actual pareja, el padre biológico tendría que demandarle la contradicción de paternidad, le recomiendo que visite nuestro sitio > Soluciones Jurídicas Lic. Víctor Carrillo Estrada en facebook< ahí encontrara toda nuestra información, solo hay que llamar para concretar una cita, la asesoría legal es gratuita, nos encontramos en Ario 5, Colonia Roma Sur, Distrito Federal, de igual forma gestionamos asuntos de otros Estados de la Republica, estamos seguros de poderle ayudar.

Soluciones Jurídicas Lic. Víctor Carrillo Estrada Abogado en Cuauhtémoc

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Hola. gracias por escribir. por favor tome en cuenta lo siguiente: El doble registro de un menor constituye un delito en la mayoría de los Estados del País; el pago de alimentos es hasta la mayoría de edad o en su caso cuando acabe los estudios universitarios, sin embargo si el padre biológico cae en desgracia, es obligación de los hijos proporcionar alimentos durante el tiempo de vida del padre, ¿Qué es lo que le conviene a su hijo?, si no se ha acercado a lo largo de tres años, usted considera que ¿Le daría los cuidados paternos y de crianza a su hijo? de ser así lleva a cabo el procedimiento ante Juez de lo familiar. Atte. Legis Semper Abogados.

Legissemper Abogados Abogado en Colonia México

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buenos días

se puede demandar, el reconocimiento del padre, y posteriormente una pensión alimenticia, quedamos a tus ordenes

Medellin Lara & Asociados Abogado en Monterrey

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