Desistimiento de demanda laboral
¿Puede volver a demandar despues de un desistimiento de demanda laboral?
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Que tal Uriel, conforme a la Ley laboral una persona que ejercita una acción laboral en contra de su patrón y posteriormente se desiste de dicha demanda, sí puede volver a demandar, sin embargo, la nueva y segunda demanda debe presentarla dentro de los dos meses que establece el arte. 518 de la Ley en cita, tomando como referencia la fecha del despido señalado en su primer demanda, pues en caso de que argumente un nuevo despido se puede exhibir la primer demanda donde argumento el primer despido.
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