¿El presidente, secretario y tesorero de fundaciones tienen que ser mexicanos?
Realizada por Carlos Araya. 30 abr 2020
Somos una Fundación constituida en Querétaro, México.
Estamos viendo la posibilidad de tener personas extranjeras (no mexicanas) como presidente, secretario o tesorero de la Fundación. Nuestros estatutos requieren que sean ciudadanos mexicanos para estas posiciones.
Queremos saber sobre la ley vigente de fundaciones y asociaciones civiles sin fines de lucro. De acuerdo a la ley actual, ¿Se requiere ser mexicano para ser presidente, secretario o tesorero en una fundación o asociación civil (mexicana) sin fines de lucro?
Si la ley vigente sobre fundaciones no lo requiere entonces podemos cambiar nuestros estatutos y elegir personas sin importar su nacionalidad.
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Qué tal? Buenas tardes. Hay tres aspectos que deben analizarse.
1. Sus estatutos. Permiten extranjeros?
2. La calidad migratoria de los extranjeros.
3. Que esos dos aspectos estén armónicos entre sí. Es decir que permitan la participación extranjera y que su calidad migratoria permita ejercer esas actividades.
Si es posible, hay que modificar estatutos y regularizar en materia migratoria a quienes se vayan a agregar como asociados . Me encuentras en Face como Tere Llerena, abogada especialista en materia migratoria y civil
Buenas Noches.
No existe ninguna ley ni el propio Código Civil prohíbe que usted pueda hacer miembro de su asociación o presidente a un extranjero, por lo tanto está permitido, la única limitante a los extranjeros es la que establece la constitución, que les prohíbe pertenecer a un partido político o reunirse con este fin.