¿En una demanda laboral se debe esperar hasta que el trabajador se presente?
Un trabajador estuvo laborando con una empresa y después se contrató con otra empresa para laborar en el mismo lugar de trabajo. La primer empresa tiene documentado que al tabajador se le finiquitó en conformidad y se tienen recibos formados de su puño.
Desafortunadamente en ese tiempo se presentó un accidente muy grave que afectó a éste mismo trabajador, pero ya como trabajador de la segunda empresa.
El trabajador ha demandado a la primer empresa, pero en las citas ante conciliación no se ha presentado. Ya han sido tres ocasiones que el trabajador no se ha presentado a audiencia y solo reclama un arreglo económico. La primer empresa no tiene la intención de aceptar ningún arreglo dado que no existía relación laboral y lo pueden demostrar, pero tampoco entendemos como es que el trabajador demanda y no se presenta a audiencias y siempre le conceden una cita más.
Entendemos que existe una ley laboral que protege a los trabajadores, y se le respeta, pero esto es un abuso del trabajador y quien lo esté asesorando. ¿Qué realmente procede?