¿Es legal que en la empresa para la que laboro se me niegue el aumento de 3.9%?
Me argumentan que tengo un salario superior al mínimo, por lo que no están obligados de acuerdo a la ley.
Me argumentan que tengo un salario superior al mínimo, por lo que no están obligados de acuerdo a la ley.
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No es asunto de legalidad, el incremento a la tarifa de los salarios minimos es para efectos de actualizar las cifras a un nuevo ejercicio fiscal, por lo consiguiente el ajuste a los salarios en general se debe hacer por los empleadores si no lo hacen es inequitativo.
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El incremento salarial aprobado por la Comisión Nacional de Salarios mínimos a partir del 1o. de Enero en curso, solo es aplicable para los trabajadores que perciben los salarios mínimos generales y profesionales, de modo que si tu puesto y salario no corresponden a los mismos y/o es mayor al mínimo correspondiente, tu patrón no está obligado a concederte el incremento que comentas.
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Estimado JCM:
El incremento salarial establecido por la Comisión Nacional de Salarios Mínimos con vigencia a partir del 1o. de Enero en curso es aplicable solamente a los trabajadores que perciben salarios mínimos generales y profesionales, los cuales también están precisados en la resolución en que dicha comisión determinó el incremento.
Ahora bien, si tu salario y puesto no están contemplados dentro de los salarios mínimos generales o profesionales mencionados en la resolución citada, tu patrón no tiene obligación de conceder el aumento, por lo que su actitud no resulta ilegal.
Pero si te refieres a un incremento obtenido por la revisión de un contrato colectivo vigente en tu empresa y tu puesto y salario figuran en el contrato, tu patrón tiene la obligación de otorgarte el incremento.
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