¿Está permitido detener a alguien que ha cometido un delito grave?
Realizada por Alexander. 22 abr 2020
Hola buenas, me estaba informando sobre las detenciones ilegales y secuestros y he leido que aquel que encerrare o detuviere a otro, privándole de su libertad, será castigado con la pena de prisión de cuatro a seis años. Entonces una persona que no trabaja de policia y es por dar un ejemplo arquitecto (por poner un trabajo) y este "arquitecto" ve que una persona está cometiendo un delito, ya sea por ejemplo de lesiones a otra persona y la esta dejando grave de salud, ¿este "arquitecto" puede detenerlo hasta que venga la policia o directamente a él se le acusaria de detención ilegal? Es una pregunta que sinceramente me gustaria saberla con total exactitud.
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Hola que tal.
La ley dice que cualquier persona puede hacerlo pero debera de ponerlo a disposicion inmediatamente de la autoridad judicial.
Buenos días:
El Código Nacional de Procedimientos Penales establece que cualquier persona puede detener a otra que está cometiendo un delito en flagrancia. Es decir, que lo está cometiendo en el momento de la detención. Y lo debe de poner inmediatamente a disposición de la autoridad, es decir, con los policías municipales o de Seguridad Pública.
En este caso, el "arquitecto" no estaría cometiendo el delito de privación ilegal de la libertad.
Quedo a sus órdenes.
Alexander, que tal, te comento que además de la policía, cualquier persona puede detener a otra, en flagrancia, es decir, que en ese momento se este cometiendo un delito, pero la debe entregar inmediatamente a la policía o autoridad correspondiente, de lo contrario pudieras incurrir en algún probable delito.
No es ilegal la detención, siempre y cuando sea inmediatamente después de haberse cometido el delito (en flagrancia), y dar aviso a la autoridad. Desvirtuaria que esa detención se prolongue injustificafamente. Por ejemplo, si detienes a una persona y la mantienes por horas, sin dar aviso a la autoridad; cómo justificaría no haber dado aviso inmediato a la autoridad (los particulares no tienen facultades de investigación, por eso tienen la obligación de dar aviso inmediato a la autoridad).