Gano 8 mil mensual igual a mi esposa solo queda una menor de 16 años
¿Cuánto es el porcentaje de pensión por cada progenitor? Ella quiere 15 mil al mes pero se conforma con 5 mil ¿cuánto es lo justo?
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Buenas tardes Francisco, el monto de la pensión alimenticia que debes de proporcionar para solventar las necesidades de tu hija la va a establecer el juzgador tomando en consideración que tu y tu esposa tienen la capacidad económica para proporcionarla identificando las necesidades alimentarias, de vestido, estudio, esparcimiento, medico-hospitalarios de tu hija y fijará un porcentaje de tus ingresos que puede oscilar entre el veinte y el treinta por ciento. En nuestra firma contamos con abogados especializados en la materia familiar que seguramente podrán dar solución a tu problemática, podemos patrocinarte en el Distrito Federal, Estado de México, Hidalgo, Querétaro, Puebla, Veracruz y otros estados de la República a convenir.
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Ella sigue sin casarse ni vive en concubinato. Si es así ella tendría derecho a recibir el pago de alimentos. El sentido de lo razonable es que usted tenga para subsistir.
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Hola, el porcentaje lo determina a su libre albeldrío el Juez, sin embargo el referente es el salario mínimo de tu estado. Por lo que legalmente solo debes pagar el mínimo.
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Normalmente el juez determina del 35% al 50% del salario, se debe manifestar los hijos que tienes para determinar monto, es importante saber si trabaja la mamá de tus hijos.
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Lo justo lo determina un.juez de acuerdo a las necesidades del acreedor alimentista, haga cuentas de las necesidades, y de ahí puede partir, si tiene más hijos estudiantes también tienen derecho a pensión, podemos apoyarle para que usted consigne ante los tribunales lo necesario para su acreedor Corporativo Avellaneda.
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La cantidad justa es la que ambos están de acuerdo en proporcionar, ya que esa cantidad debe sufragar los gastos básicos de educación, alimentos y diversión para el menor, si no se ponen de acuerdo, un juez designará la cantidad que será un porcentaje de lo que ganas y de acuerdo a los gastos que el menor requiera, por eso es variable en cada caso, si alguien te dice una cantidad puede ser que esté en un error ya que esa cantidad la fija un juez estando en litigio y el criterio varia dependiendo de cada juzgado y pormenores específicos de tu caso, con gusto te puedo atender via telefónica o electrónica.
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Los alimentos han de ser proporcionados a la posibilidad del que deba darlos y a la necesidad del que deba recibirlos pero la proporción de éstos no podrá ser un porcentaje inferior al 30 por ciento ni mayor del 50 por ciento del sueldo o salario del deudor alimentista. Para los efectos de fijar el porcentaje relativo a los alimentos corresponde al Juez.
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Consíguenos el acta de nacimiento del menor y te conseguimos el 50% sobre todos los sueldos, sobresueldos y demàs prestaciones de ley.
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El porcentaje que debe dar cada progenitor cuando trabajan los dos es del 50% en cuanto a los gastos alimentarios, escolares, medicina, vestido y calzado. Saludos.
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Hola Francisco. Lo que se refiere a la pensión alimenticia depende mucho del criterio del Juez, se tienen que valorar circunstancias, por ejemplo si tu esposa trabaja también tiene la obligación de aportar pero lo mínimo sería dos salarios mínimos diarios, y lo máximo hasta el 40% de lo que percibes, no estás obligado a dar lo que no puedes, si gustas podemos apoyarte.
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Pues si no existe Juicio se puede realizar una mediación para llegar a un acuerdo en el cual se puedan pactar al 30% del ingreso a fin de poder cumplir con la obligación alimentaria.
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Tu hija de 16 años de edad necesitará de tu apoyo mientras se mantenga estudiando y desarrollando su profesión o actividad que después le permitirá bastarse a sí misma. Aproximadamente hasta los 25 años de edad puede durar la pensión alimenticia. El porcentaje de tus percepciones que le corresponda a ella se determina en función de las necesidades de tu hija y de tus posibilidades económicas. Si tuvieras otros dependientes económicos, la distribución tiene que considerarlos a todos.
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