hola tengo 34 años y mi padre biologico jamas vio por mi. todo lo que recuerdo de niño son malos tratos y mucha inestabilidad que ahora de grande me afectan bastante mi salud mental y me gustaria recibir apoyo economicode mi padre biologico. no llevo sus apellidos y jamas he tenido contacto con el pero no se me hace justo que siendo de buena familia y de buen nivel social y economico jamas se haya acercado a preguntar que faltaba y siempre faltaba algo. espero podamos resolver algo mil gracias
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Buena Noche Jorge
En ST&N, te ofrecemos de forma gratuita una asesoría para que puedas estar tranquilo en realizar este tipo de tramites, para que puedas aclarar todas las dudas que tengas, contáctanos para que uno de nuestros asesores jurídicos te brinde la tranquilidad que buscas.
Y en relación a tu pregunta, la legislación estable que para fijar la relación que existe entre un ascendiente (padre) y un descendiente (hijo), debe existir una filiación, este tipo de filiación se da a través de diversas forma, la que expresar tu, es una filiación consanguínea (de sangre), y para tal caso, es necesario realizar por medio de un Juzgado de lo Familiar un Juicio de Reconocimiento de Paternidad, donde se solicite al Juzgador el reconocimiento de esta filiación por medio de una prueba de ADN.
Por lo que hace a la pensión alimenticia, usted ya no cuenta con facultad para poder exigirla, pero el juicio le serviría para el caso en que su padre biológico fallezca, usted tendría la personalidad para ser parte de su herencia.
Departamento de Atención a usuarios de ST&N Asesores.
Buen día, claro que es posible pero primero debe promoverse un juicio de reconocimiento de paternidad, y posterior al de alimentos sobre los años que la legislación de su estado le reconozca. Si gusta acercarse a la firma, tenemos el despacho en Puebla pero atendemos en toda la república, donde se le podrá orientar con mayor tiempo sobre su situación.
BUENAS NOCHES, a sus comentarios le señaló que primero deberá de demandar el RECONOCIMIENTO DE PATERNIDAD para estar en posibilidades de demandarle las PENSIONES RETROACTIVAS, aunque una pensión alimenticia o apoyo económico no podrá ser habida cuenta, que usted rebasa la edad que exige la ley para recibir alimentos que es hasta los 26 años y que usted haya cursado una carrera universitaria.
Además, es importante saber porqué antes no requirió esos DERECHOS y porqué hasta ahora. Esto es importante contestar, ya que la pensión alimenticia fenece cuando usted cumple 18 años o requiere del apoyo para terminar sus estudios. Su caso será muy observado, ya que su edad rebasa la promedio y la que marca la ley.