Tengo mi sentencia de divorcio que ya firmé, por cuestiones de fuerza mayor no se subsanó en tiempo una prevención para dar trámite al incidente de liquidación de la sociedad conyugal en ejecución de sentencia.
La pregunta consiste, si no se dió trámite... ¿Puedo volver a promover dicho incidente de liquidación?
Respuesta enviada
En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente
Ha habido un error
Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.
Mejor respuesta
Esta respuesta ha sido útil para 2 personas
Buenas noches claro que si se puede realizar nueva demanda incidental, estamos a tus ordenes atte.
Lic samano
Estimado Ernesto, si dentro del expediente como haces mención ya no se realizo la liquidación de la sociedad conyugal, en efecto puedes realizarla, quedo a tus ordenes, saludos.