Qué tal. Ellos no asistieron al desahogo de pruebas ni a la conciliación, aún cuando fueron notificados debidamente. La sentencia se dictó hace 2 meses, pero los demandados apelaron, lo cual sé que es su derecho. Pero no acataron las citas, a sabiendas de la notificación. ¿Tienen derecho a proseguir con la apelación, incluso a promover un amparo?, dicha rebeldía ¿No debiera deshacer toda posibilidad de ampararse?
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Debes esperar la resolución de segunda instancia. Si se confirma la sentencia a pesar de que ellos promuevan un Amparo, tu puedes comenzar la ejecución de la sentencia mediante e pago de una fianza, o ellos tendrán que afianzarte el pago de lo reclamado.
El término para apelar la sentencia es de 12 días hábiles después de la publicación, independientemente de si fue en rebeldía o no. Para asesoría gratuita puede contactarlos directamente en el despacho.