¿Hay algún fundamento legal para omitir la firma del trabajador, en el recibo de nómina cuando éste ha sido timbrado por el SAT y la empresa cuenta con evidencia del banco de la transferencia realizada. ¿Cómo pago de dicho recibo?
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Hola buenas tardes, si los recibos en formato cfdi no es necesario que cuenten con la firma del operario ya cuenta con un código de barras en forma de cuadrado y una forma electrónica que demuestra que se realizo el deposito a la cuenta de nomina y ello es suficiente para tener por demostrado el pago de las cantidades que aparezcan en el recibo, saludos
Ya no es costumbre pedir al trabajador su firma de conformidad puesto que la tendencia es dejar de imprimir recibos de nómina y enviarlos por medios electrónicos.
Por ello un trabajador siempre tendrá derecho a manifestar sus inconformidades mientras no prescriban.
El trabajador tiene el derecho de firmar sus recibos de pago, ya sea de forma electronica o autógrafa. Un motivo es demostrar que esta de acuerdo con lo que le pagaron. No hay un fundamento legal para omitir la firma. Si cuentan con la evidencia de la transferencia, necesitan también demostrar que el trabajador les indico el numero de cuenta y banco para que le depositen su sueldo.