¿Me conviene casarme por bienes mancomunados o me quedo en unión libre?

Realizada por Rocio Duarte Pedraza. 24 sep 2014 Matrimonio

Tengo 10 años de unión libre con mi pareja, tenemos 2 hijos de 7 y 4 años de edad. Yo desde hace 8 años me hago cargo del 100% de gastos de la casa y de mis hijos, ya que acordamos que mi esposo se quedara en casa para cuidar de los niños. Todo está a mi nombre, él no tiene ningún ingreso. Tengo 2 preguntas:

1.- ¿Me conviene casarme por bienes mancomunados?

2.- Si no me caso y nos separamos, ¿Qué beneficios y perjuicios legales podría tener yo como mujer por ejemplo el darle manutención a él y esas cosas?

Respuesta enviada

En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente

Ha habido un error

Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.

Mejor respuesta

Pues si él no tiene nada que aportarle, en cuanto a bienes y cumplimiento de obligaciones, le sugiero que siga como hasta ahora. Claro, hablando jurídicamente, ya que si su deseo es casarse, pues puede hacerlo bajo el régimen de separación de bienes, ya que si usted adquiere alguna propiedad durante el matrimonio, pues será solo suya.

Ahora bien, hay que tomar en cuenta también, los derechos y obligaciones que nacen con el matrimonio, como lo es la cuestión de los alimentos, entre otros.

Lic. Claudia Helen Arcos Zúñiga Abogado en Reynosa

401 respuestas

2983 votos positivos

Contactar

¿Te pareció útil?

¡Gracias por tu valoración!

No le conviene contraer matrimonio, y en caso de separación si se demuestra que su pareja esta posibilitado para poder mantenerse por si mismo, no habrá obligación de dar alimentos a su favor, por lo que las únicas obligaciones alimentarias que quedaran subsistentes serán las de los menores.

Por su tiempo y atención, gracias.

Estamos a sus ordenes.

Servicios De Consultoría Jurídica Especializada Abogado en Irapuato

180 respuestas

1690 votos positivos

¿Te pareció útil?

¡Gracias por tu valoración!

El matrimonio da certeza jurídica primordialmente a los menores, al casarse bajo el régimen de sociedad conyugal ( bienes mancomunados ) su pareja solo gozara los bienes que adquieran después de su matrimonio, no los que usted ya tiene, sin embargo a el le nace el derecho de alimentos de Usted hacia el, por que usted es quien trabaja, si el se llegara a molestar con usted no tendrá derechos a los bienes que usted compro antes de su matrimonio, pero si a demandarle una pensión alimenticia , le sugiero que mantenga su situación como estas, salvo que usted realmente tenga certeza que su pareja la ha ayudado mucho con sus hijos y considerarlo como su esposo y así el adquirir todos los derechos citados.

¿Te pareció útil?

¡Gracias por tu valoración!

Abogados especialistas en Matrimonio

Ver más abogados especializados en Matrimonio

Explica tu caso a nuestros abogados

Realiza tu consulta de forma anónima y recibe orientación legal en 48h.

50 QANDA_form_question_details_hint

Tu pregunta y sus respuestas se publicarán en el portal. Este servicio es gratuito y no sustituye a una sesión de asesoría profesional.

Enviaremos tu consulta a expertos en el tema que te ofrecerán llevar tu caso personalmente.

La sesión de asesoría no es gratuita. El precio estará sujeto a las tarifas del profesional.

La sesión de asesoría no es gratuita. El precio estará sujeto a las tarifas del profesional.

Introduce un apodo para mantener tu anonimato

Tu consulta está siendo revisada

Te avisaremos por e-mail cuando esté publicada.

Esta consulta ya existe

Por favor, utiliza el buscador para conocer la respuesta

abogados 6250

abogados

preguntas 41150

preguntas

respuestas 72650

respuestas