¿Me corresponden?

Realizada por Brenda. 27 ene 2016 Derechos de los trabajadores

Renuncie a mi empleo pero trabajé 4 días de la quincena, además completé mis incentivos del mes. Me los tenían que pagar el 15 de enero pero mi ex gerente me dijo que él no me debe nada, me estoy esperando a mi finiquito a ver si ahí me dan lo que me corresponde. En caso de que no me los den, ¿qué debo hacer? ¿Una denuncia?

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Te deben pagar esos días, pero te recomendamos que demandes de cualquier forma si estas en el siguiente caso.
Sí renuncias sin ninguna causa, no tienen por qué darte nada más que lo que tengan retenido en ese momento, es decir: Los días que lleves trabajado previo a tu renuncia, lo que lleves ganado de aguinaldo y los días que lleves ganado de vacaciones; PERO, si tu renuncia obedece a las presiones de trabajo, al acoso, a que te pretender variar las condiciones laborales en lo más mínimo, (Horario, Puesto, Plaza, funciones, obligaciones obligar a tiempo extra, y sobre todo te hacen cualquier rebaja de sueldo, disfrazado de cualquier pretexto) o simplemente porque las condiciones laborales, (Incluyendo la relaciones con patrón supervisores u otros compañeros, hostilidad agresividad, etc.) no son las más optimas, adecuadas seguras o simplemente no estas a gusto, y estas razones son las que te están orillando a pensar en tu renuncia, tienes derecho a la indemnización de ley incluyendo tres meses de sueldo, catorce días por cada año laborado y a que te paguen durante el Juicio. Garantizado. Desde que cumpliste un mes trabajando, si te despiden, tienes el derecho de recibir, indemnización de noventa días de salario, catorce días por año laborado, tus aportaciones al imss afore e infonavit, completas y al corriente desde que iniciaste a trabajar hasta la semana del despido, tu reparto de utilidades de los dos últimos años, tu aguinaldo completo, lo que lleves ganado de días de vacaciones desde la última vez que las tomaste más el veinticinco por ciento de esta cantidad como prima vacacional, todas las prestaciones extras que de tu empresa, como vales, premios, ayuda de útiles etc. tu caja de ahorro integra (Y si el patrón te aportaba algo NO PUEDE RETIRARTELO). Además, si tienes la necesidad de demandarlo tienes el derecho de que te siga pagando hasta que se soluciones el conflicto y te des por pagada ante la junta y le firmes el desistimiento de la demanda.

Amparo y Derecho Administrativo en GDL Abogado en Tlaquepaque

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no debes de presentar una demanda laboral ante la junta de conciliacion y arbitraje
estamos a tus ordenes

saludos

lic servio tulio morales

Servio Tulio y Asociados Abogado en Tampico

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Brenda, puedes denunciar los hechos ante la junta de conciliación y arbitraje de tu localidad.para que citen al patrón.

Lic. Jesús Alberto Cavazos Rosas Abogado en Santiago (Nuevo León)

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