Me despidieron injustificadamente de un día para otro

Realizada por Nestor Pacheco. 20 jun 2017 Abogado laboral

La empresa para cual laboraba me despidió 9 años después, el motivo que me dieron es que no acudía a la convivencias con los demás empleados y que no era parte de su equipo. Cabe mencionar que no acostumbro a socializar con gente que no es de mi agrado, sin embargo jamás les falte al respeto.


El día miércoles pasado me piden entregar durante un mes mi puesto a otra persona, a lo cual accedo bajo la condición que se me liquide correctamente y me dicen que los 20 días por año en caso de despido injustificado no me corresponde, debido a que era el nominísta.


Tengo copias de 5 personas con mi mismo puesto que fueron liquidades de manera completa en 2008, justo en el año en que ingrese a laborar. La situación que al día siguiente de esto me dice que lo revisaron con su abogado laboralista y que les dijo que no se me pagara, que yo entregara y me retirara, esto fue de un día para otro, por obvias razones no entregué y me retiré como pidieron.Tengo grabación de audio de cuando sucedio esto.


¿Cuánto tiempo tengo para meter mi demanda? Estoy esperando a ver si ellos me marcan para llegar a un arreglo. ¿Tengo posibilidad de que me paguen los 20 días por año? Mañosamente no hay otro tipo de puesto que nos permita ganarlo, ya que nos dan de alta como personal de confianza siempre.


Gracias.

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En México, conforme a la ley de trabajo, encontramos dos tipos de trabajadores: los de planta y los de confianza. Estos últimos tienen algunos derechos y obligaciones diferentes a los de planta.

Según el Artículo 9 de la Ley Federal del Trabajo, la categoría de empleado de confianza depende de la naturaleza de las funciones desempeñadas y no de la designación que se dé al puesto. Entre las llamadas funciones de confianza están las de dirección, inspección y fiscalización, además de las relacionadas a trabajos personales del patrón dentro de la organización.

Término de la relación: el patrón puede terminar la relación laboral con su trabajador alegando solamente un motivo razonable de pérdida de confianza.

Si te despiden tienes derecho a demandar 3 meses de salario por indemnización Constitucional y prima de antigüedad.

También al pago proporcional de aguinaldo, vacaciones y prima vacacional y prestaciones generadas que no te hayan cubierto.

En caso que no te interese el pago de las prestaciones referidas, tienes derecho a demandar que te reinstalen en tu puesto.

Ten en cuenta que si el despido es injustificado, cuentas con dos meses para demandar a tu patrón por dicha acción, a partir del día siguiente en que ocurrió, de acuerdo con el Artículo 518 de la Ley Federal del Trabajo.

Estoy a tus ordenes.

JE Abogado Abogado en San Luis Potosí

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Buenas tardes, en efecto los veinte días por año corresponden en situaciones muy particulares, una de ella es haber demandado la reinstalacion y una vez terminado el juicio y haber ganado, se negaran a reinstalarte, la empresa entonces tendría la obligación de pagar 20 días por año y tus demás prestaciones; por otra parte tienes 60 días para demandar por despido injustificado, por lo que te recomiendo que evites dejar pasar mas tiempo, quedo a tus ordenes para cualquier duda o comentario.

Flores Rodriguez Servicios Legales & Consultoria Abogado en Cuauhtémoc

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