¿Me pueden demandar por pensión alimenticia retroactiva?

Realizada por jose herrera. 22 may 2019 Pensión alimenticia

Mi ex y yo llegamos a un acuerdo y la estoy apoyando económicamente, la niña no tiene mis apellidos. Mi duda es que si me puede demandar por pensión, ¿y si es así tendría que ser retroactiva? Ella y yo llegamos a un acuerdo extrajudicial antes de hacer cualquier tipo de demanda, tengo dudas de que cuando ella quiera pueda demandarme y pedir pensión retroactiva desde el día que nació el bebé.
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Si puede pero tambien tiene que meter sus pruebas, por otro lado usted tiene derecho a defenderse, si justifica que usted cumple con su obligacion alimentaria, no creo que pase a nada retroactivo, lo que si es que pueden hacerle una demanda de alimentos aun y cuando usted otorgue dinero, es como hacerlo un poco mas formalizado.

Lic. Raúl Francisco Díaz Mortera Abogado en Minatitlán

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Hola José; si, si puede hacerlo, pero para ello te debe demandar el reconocimiento de la paternidad. Suerte...!

Lic. Andrés Osvaldo Navarrete Díaz Abogado en León

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Buenas tardes:
Usted no reconoció al menor? No aparece como su padre? Lo comento por que Usted indica que no tiene sus apellidos.
Si fuese el caso, Usted no tiene la obligación de pagar pensión alimenticia. El Código dice que los padres tienen la obligación de dar alimentos a sus hijos. Si legalmente no es su hijo no ha nacido esa obligación.
Si Usted es el padre biológico y la menor está registrada por otra persona, primero le deben de demandar el reconocimiento de paternidad, para posteriormente demandarle alimentos.
Y si, es posible que si tiene la obligación de pago le demanden retroactivamente. Pero en base a la necesidad del menor y a la posibilidad de pago de Usted.
Quedo a sus órdenes.

Projus. Rafael Rangel Zarza Abogado en Guadalajara

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Buenas tardes, lo primero que tiene que hacer es comprobar el vínculo a través de un reconocimiento de paternidad y después ya podrá demandar la pensión, y sí, puede solicitar el pago retroactivo, así que tendrá que acreditar usted que si estuvo cubriéndolo.

HERAZO ABOGADOS & ARQUITECTOS Abogado en Cuernavaca

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Hola José, toda vez que es un convenio extrajudicial, y como la niña no tiene tus apellidos, lo que ella tendría que hacer primero sería demandarle la paternidad y eso conlleva acreditar con pruebas idóneas como de ADN. Posteriormente aplicaría la pensión alimenticia. Guarde todos sus comprobantes de los recursos que le haga llegar. Saludos

ANGELA LOPEZ MOCTEZUMA Abogado en Acapulco

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Hola si puede, pero si tiene usted pruebas las puede utilizar a su favor cuando se defienda. Estamos en Ensenada Baja California por si necesita representación legal.

Luda Abogados Abogado en Ensenada

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