¿Me pueden despedir por faltas y darme lo que ellos quieran?

Realizada por José raymundo. 28 ene 2016 Abogado laboral

Buen día, tengo como tres faltas en la quincena justificadas y ayer llegué un minuto más tarde de la hora y quieren que firme la renuncia voluntaria. Me citaron hoy, me lo dan en cheque y me dirán qué día cobrarlo, no en ese mismo día. ¡Me urge! Por favor,

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No te pueden despedir de manera legal te están obligando a firmarlo y eso invalida tu renuncia, tienes derecho a todas las prestaciones de ley.
Sí renuncias sin ninguna causa, no tienen por qué darte nada más que lo que tengan retenido en ese momento, es decir: Los días que lleves trabajado previo a tu renuncia, lo que lleves ganado de aguinaldo y los días que lleves ganado de vacaciones; PERO, si tu renuncia obedece a las presiones de trabajo, al acoso, a que te pretender variar las condiciones laborales en lo más mínimo, (Horario, Puesto, Plaza, funciones, obligaciones obligar a tiempo extra, y sobre todo te hacen cualquier rebaja de sueldo, disfrazado de cualquier pretexto) o simplemente porque las condiciones laborales, (Incluyendo la relaciones con patrón supervisores u otros compañeros, hostilidad agresividad, etc.) no son las más optimas, adecuadas seguras o simplemente no estas a gusto, y estas razones son las que te están orillando a pensar en tu renuncia, tienes derecho a la indemnización de ley incluyendo tres meses de sueldo, catorce días por cada año laborado y a que te paguen durante el Juicio. Garantizado. Desde que cumpliste un mes trabajando, si te despiden, tienes el derecho de recibir, indemnización de noventa días de salario, catorce días por año laborado, tus aportaciones al imss afore e infonavit, completas y al corriente desde que iniciaste a trabajar hasta la semana del despido, tu reparto de utilidades de los dos últimos años, tu aguinaldo completo, lo que lleves ganado de días de vacaciones desde la última vez que las tomaste más el veinticinco por ciento de esta cantidad como prima vacacional, todas las prestaciones extras que de tu empresa, como vales, premios, ayuda de útiles etc. tu caja de ahorro integra (Y si el patrón te aportaba algo NO PUEDE RETIRARTELO). Además, si tienes la necesidad de demandarlo tienes el derecho de que te siga pagando hasta que se soluciones el conflicto y te des por pagada ante la junta y le firmes el desistimiento de la demanda.

Amparo y Derecho Administrativo en GDL Abogado en Tlaquepaque

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Las únicas faltas justificadas son las incapacidades del IMSS. Su patrón deberá esperar a la cuarta falta injustificada en un periodo de 30 días. No firme documento alguno sin antes consultarlo con su abogado.

Tqs Abogados Abogado en La Paz

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Buenas noches, a sus comentarios, le señaló que si lo pueden despedir por faltas, pero siempre le deben de pagar conforme a la ley. Lea todo lo que le den para firmar y no firme nada. Asesorese con un abogado. Saludos. Lic. Juárez.

Juárez & Juárez Asociados Abogado en Cuauhtémoc

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Buenas noches, a sus comentarios, le señaló que no existe firme absolutamente ningún documento y en su defecto, imponga que usted quiere continuar trabajando en esa empresa y que no acepta esa denuncia ni les firma nada. Pero tenga cuidado de no firmar los documentos sin haberlos leídos antes. Saludos. Lic. Juárez

Juárez & Juárez Asociados Abogado en Cuauhtémoc

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José Raymundo. ni te pueden despedir por las tres faltas justificadas. ni pueden darte lo que ellos quieran. demandalos en la junta de conciliación y arbitraje.

Lic. Jesús Alberto Cavazos Rosas Abogado en Santiago (Nuevo León)

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