mi esposo firmo de aval, y el deudor no ha pagado me pueden embargar la casa?
Ya se inicio un juicio ejecutivo mercantil en su contra y estamos casados por sociedad conyugal
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Si la casa está a nombre de él o de usted y si están casados bajo el régimen de sociedad conyugal, sí. Claro y si están bajo el régimen de separación de bienes, pues le embargarían a su esposo nada más.
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Le podrán embargar su casa sólo y sólo si esta aparece registrada en el Registro Público de la Propiedad a nombre de su esposo, y en caso que no aparezca así, que esta esté registrada a nombre de usted y la parte actora sepa el nombre de usted, podrá embargar exhibiendo la constancia de la casa en el Registro Público de la Propiedad a nombre de usted y exhibiendo el acta de matrimonio entre Usted y su esposo, Pero en todo caso, sólo le pueden embargar hasta por el monto que le corresponde a su esposo de la sociedad conyugal. Conclusión, depende de todos esos factores.
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Consultante para efecto de Proteger jurídicamente todos sus bienes, le recomiendo que se declare en concurso civil voluntario, para mayores informas favor de ponerse en contacto con nuestra firma legal de abogados litigantes, saludos.
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Depende de muchas circunstancias como lo es el hecho de ver a nombre de quien se encuentra la casa, bajo que régimen estas casada, el monto de la deuda, hace cuanto tiempo que no se paga esa deuda, etc, si gustas ponte en contacto con nosotros y con gusto aclararemos tus dudas.
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Por desgracia sí se puede proceder; lo que debe hacer usted es proteger la parte que le corresponde, y ver cúal es el monto de la deuda ya que puede su marido señalar que bienes embargarán, para no perder la casa.
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Si lo pueden embargar
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Ampliando la respuesta previa, veo que estas por sociedad conyugal, creo que tu defensa podría ser que no consentiste en comprometer tu parte de la casa.
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Depende mucho de tu situación conyugal, habría que analizar en primer lugar a nombre de quien esta la casa, si están casados por bienes separados o si es sociedad conyugal.
Necesitamos más información para una mejor asesoría.
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si se puede, pero lo ideal seria contestar la demanda y hacer valer las excepciones y defensas ha que tienes derecho como no participe de ese negocio.
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Estimada Julia;
Lamentablemente puede ser sujeto de embargo si es que la acción mercantil se inicia en su contra, es necesario que se asesore de inmediato, con gusto estaos para servirle y darle la asesoría que Usted se merece.
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Si pueden, pero solo la parte de tu esposo, para eso se necesita conocer el monto de la deuda ya que antes de llegar a la casa pueden embargar otros bienes, primero.
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si pueden, pero se requiere ver lo del monto de la deuda.
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Sí, lamento decirte que si lo pueden hacer, siempre y cuando también se te demande el ejecutivo mercantil. Te recomiendo tramites una solicitud de patrimonio familiar.
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