¿Mi esposo puede compartirme los derechos sobre la casa?
Realizada por Juana. 23 nov 2015
Mi esposo y yo estamos casados por bienes separados. El adquirió una casa en la que ambos hemos contribuido económicamente, pero me siento insegura porque finalmente la casa es de él. ¿Existe algún documento que podamos hacer en el que conste que la casa es mía también?
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Acude a la Oficina del Registro civil donde se casó y solicite copias certificadas de las capitulaciones matrimoniales que celebraron si no existe y no dice expresamente que a partir de la celebración del matrimonio cada consorte será exclusivamente dueño de todos aquellos que adquiera (O sea ponga a su nombre) Usted no tiene que hacer nada, por derecho le corresponde el cincuenta por ciento de esa finca.
ok de inicio debemos saber el tiempo que llevan viviendo juntos como pareja y de ahi desprende una gama de situaciones que te podriamos ofrecer para tu tranquilidad
Buenas noches.
No se preocupe y no es necesario que gaste dinero en formalizar los derechos que usted tiene sobre la casa que refiere, porque actualmente la ley le protege debido a que por la relación de matrimonio usted en cualquier momento puede acceder hasta un 50% de los bienes que adquiera su esposo durante el matrimonio, reuniendo los requisitos de ley que en esencia es acreditar que se ha dedicado preponderante ante a las labores del hogar y cuidado de los hijos, o que no tenga bienes incluso teniendo que sean menores económicamente hablando a los de su cónyuge.
Pero sería en un juicio de divorcio.
Así que lo que pretende es seguridad jurídica la opción puede ser capitulaciones matrimoniales o cambiar el régimen del matrimonio o sociedad conyugal.
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Hola, pueden cambiar el régimen de separación de bienes por la sociedad conyugal, un abogado lo debe tramitar en un juzgado familiar o bien hacer un contrato en el cual te cede o dona el 50% de su casa, habría que acudir con un notario, hacer escritura e inscribirla en el registro público de la propiedad. Pagando impuestos derechos y honorarios notariales.
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Pueden hacer una sociedad civil o cambiar la constitución de su matrimonio siempre que estén de acuerdo ambos. Con gusto los asesoramos acérquese a través de nuestro sitio, teléfono o directamente en nuestras oficinas