Mi ex me prohíbe llevarme a mi hija a mi casa. Él tiene su custodia

Realizada por Abigail García. 18 dic 2019 Custodia

Buen día
Hace casi dos años inicié un proceso para obtener la custodia de mi hija, en ese entonces ella tenía 4 años. En octubre de este año, se dictó a favor de mi ex, pero obtuve convivencia. Mis abogados me aconsejaron apelar, a lo cual yo accedí. Se supone que ellos (mis abogados) solicitaron al juez fines de semana y vacaciones para la convivencia con mi hija, y es fecha que aún no se resuelve nada, tengo entendido que el juez debe revisar esa solicitud y autorizar para que ya pueda pasar ese tiempo con mi hija. El problema es que mi ex se ha negado todo este tiempo a que me lleve a mi hija a mi casa, ni siquiera unas horas, siempre tengo que convivir en casa de él con la niña donde no siempre hay un ambiente cordial (he tenido problemas con él y su familia). Ya estoy cansada de esta situación, ya que prácticamente mi hija ha permanecido en casa de su padre durante casi dos años y no ha convivido conmigo, ni con mi familia. Cabe mencionar que él actúa así por su propia voluntad, ningún juez ha aprobado que la niña esté todo el tiempo con él. He tratado de hablar con él y se niega, y tampoco puedo llevarme a la niña por temor a que se complique más mi situación. Aquí en mi casa la niña tiene todas las comodidades, además una hermanita bebé y él no permite que conviva con ella. Y si consulto por esta página es porque mis abogados no me resuelven gran cosa, me dejan en visto y me gustaría que se lleve a cabo la apelación con otros abogados. Disculpen lo extenso pero estoy desesperada, no sé mucho sobre estos temas legales y me gustaría que me asesoraran, muchas gracias

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Lic. Raúl Francisco Díaz Mortera Abogado en Minatitlán

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Abigail, además de la vía civil siempre puedes acudir a la penal que suele ser más rápida y dado que tu ex marido actúa sin que medie mandato judicial podrías cuando menos acusarlo de ejercicio arbitrario del propio derecho.

Soluciones Legales LM Abogado en Guanajuato

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Hola Abigail; la pregunta concreta es: dentro del juicio decretaron un régimen PROVISIONAL de convivencias (diferente al definitivo en sentencia). Algo importante que debes saber es que tratándose de niños, siempre se tiene la posibilidad de iniciar un nuevo juicio. Ojalá y pudieses contactarnos directamente. Suerte...!

Lic. Andrés Osvaldo Navarrete Díaz Abogado en León

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AL ESTAR YA EN MANOS DE UN TRIBUNAL TU ASUNTO, ES AHÍ DONDE SE VA A RESOLVER, DESDE LUEGO ATENDIENDO AL SUPERIOR INTERÉS DEL MENOR, CONSULTA OTRO ABOGADO O ACUDE A LA DEFENSORIA DE OFICIO , AY QUE SE REQUIERE REVISAR MINUCIOSAMENTE EL EXPEDIENTE

Patiño & Asociados Michoacán Abogado en Morelia

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Si sus abogados no le resuelven satisfactoriamente, consulte otros, encuentre a quienes le brinden el servicio más profesional. Las únicas razones legales por las cuales una madre o un padre no podrían convivir con sus hijos tendrían que ser muy extremas, incapacidad mental, adicciones, conductas muy agresivas, y eso solo lo determinan psicólogos o médicos.

Asesores Lechuga Quijano Abogado en Cuautitlán Izcalli

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