Realizada por Joaquin Castillo Morales. 25 feb 2014
Asesoría jurídica
En la empresa para la que laboro me están notificando que entró en "suspensión de actividades" por lo que me plantean dos alternativas:
1. Que firme una renuncia y se me dé un nuevo contrato con una de las empresas del grupo (existen tres empresas en el mismo grupo, se va a dar de baja una) sin especificar la antigüedad que tengo, es decir, no perder mi empleo
2. Aceptar el término de la relación laboral con su respectiva liquidación conforme la ley.
Cabe señalar que tengo una antigüedad de 5 años 9 meses laborando para dicha empresa con contrato por tiempo indefinido.
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Respecto a tu duda tienes que analizar primero que es lo que quieres, dependiendo tu decisión son las alternativas:
Primer punto si tu deseo es laborar tienes que ver que efectivamente te reconozcan tus derechos adquiridos, salario, antigüedad, prestaciones, categoría y funciones.
Segundo punto: si lo que quieres es buscar otro trabajo que te liquiden conforme a la ley es decir, indemnización, prestaciones, salarios y prestaciones extra-legales que te deban. si deseas concretar una cita puedes contactar con nosotros.
Si aun persiste su duda, problema y requiere de ayuda profesional, se la proporcionamos Gratuitamente vía correo electrónico a través de esta pagina, o directamente en la nuestra que también puede obtener por este medio.
Estimado Joaquin, nosotros podemos darte la asesoría laboral que necesitas, te pido nos proporciones tus datos para contactarte o bien ponte en contacto con nosotros mediante Abogacia.mx
Lic. Jhoana Pérez.
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Puede que sea una estrategia fiscal lo de la supensión de actividades. A menos que el patrón compruebe que la empresa ha entrado en quiebra o concurso o se liquide la sociedad entonces sí puede rescindir los contratos de trabajo pero los trabajadores tendrán derecho a la indemnización.
Si sólo se firma un contrato con otra razón social pero que esté la fuente de trabajo o lugar de trabajo en el mismo domicilio, entonces aunque el contrato no especifique la antiguedad, no la pierde el trabajador porque no cambia el lugar de la fuente de trabajo.
En cuanto a firmar un nuevo contrato le aconsejo que lo firme pero que exija que se especifique la antiguedad o que lo indemnicen si no lo reconoce. Repito, si la empresa no se declara en quiebra o concurso, entonces en estricto sentido al finalizar la relación laboral tiene que liquidarlo.