No me deja ver a mi hijo su mamá

Realizada por jesus guzman. 8 feb 2016 Custodia

Hola, espero me orienten. La mamá de mi hijo no me deja verlo, a veces pasan 3 meses para que me deje verlo. Le tengo que rogar, suplicar que me deje verlo, ella vive en Puebla y yo en el Estado de México. Cuando me deja voy hasta allá, en abril cumple 3 años y me pone mal que nunca lo he podido traer aquí. Cuando voy no me deja solo con él, ha de pensar que me lo robaré pero me hiere no poder convivir como es. Hace ya casi dos meses me dejó verlo, me citó en una plaza y me acompañaron mi mamá y hermana. Solo pudimos verlo 4 horas y solo porque le llevé regalos navidad, Santa Claus y Reyes. Ella me ha pedido hasta en whatsapp que me aleje y le dije que no, que amo a mi hijo. Le deposito cada quincena 700 pesos, guardo los tickets y ahora me pide más dinero. La última vez deposité 3,000 pesos extra a los 700. Quiero demandarla para que me deje verlo como es, llevarlo de vacaciones, etc. No quiero quitárselo, solo que me deje verlo conforme a la ley. Quiero saber dónde ir para demandarla, tengo tickets de depósitos, fotos, tickets de autobús, fotos de mi bebé desde su primer día de nacido. También quiero saber si puedo demandarla aquí mismo desde el Estado de México y aquí la citen a ella. No me casé y tengo acta de nacimiento (copia) Espero respuesta, ya no quiero que pase más tiempo, lo amo y lucharé por verlo. No soy mal padre.

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Mas que una demanda en contra de la Madre es, una exigencia al Juez para que fije un régimen de visitas y convivencia, tu haces tu petición, ella es citada para que manifieste lo que quiera agregar y ver que responde a los días de visitas que tu le propones, a final de cuentas quien decide todas las condiciones en que deberán de llevarse a cabo las visitas es el Juez, a partir de ese momentos, en bien del menor, ambos deben de acatar la sentencia, y quien no lo hace es sancionado por la ley, escalonadamente hasta perder la custodia si se reincide en no cumplir.

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la interferencia en el derecho de visitas es causal de perdida de la custodia demándala.
Conviene que seas tú mismo quien solicite la pensión al Juez para que tengas la oportunidad de probarle realmente tus ingresos promedios mensuales, en base a los estimados, carta de tus patrones, opiniones y testimonios de vecinos, y acreditar tu modo de vida y estándar, de lo contrario se te fijara en base a los elementos que tu ex pareja le allegue al juez sin tu intervención y puede resultarte imposible de pagar.
No existen tablas tabuladores ni cuotas fijas. La pensión se fija tomando en cuenta DOS situaciones, por lógica una es primero, 1.- Las necesidades de los menores: El juez escucha a las partes y la documentación y determina cuanto es lo que necesitan para alimentos, educación, vestido y distracciones. Y distribuye la carga entre ambos de acurdo en lo que ganan, y quien tendrá la custodia; y 2.- Los Ingresos del padre (Pero este es el segundo factor). Si al padre no le es posible cubrir las necesidad que a él le tocan se fija lo más cercano posible de nodo que le quede para subsistir y para ahorro para el retiro. ES UN MITO creer que entre más gane el padre más le fijan, se deben analizar en conjunto los dos factores.
Por esto te conviene ser tu quien demandes para que no se te fije la pensión por testimoniales, inducciones y suposiciones de la madre, se te escuche y se te admitan las pruebas de cuanto percibes realmente
Asimismo el Juez fijara estrictamente el régimen de visitas y convivencias en el caso de que Ustedes no le propongan uno o que no se pongan de acuerdo en alguno, el cual debe de ser respetado por ambos, tú debes asistir y ella debe dejarlos convivir y no interferir, cualquier incumplimiento es violencia y maltrato infantil y el Juez le sancionara al incumplido, con amonestación, multa arresto y si se insiste en no dar las facilidades, en el proceso penal correspondiente, la cárcel y perder la custodia de los menores a cuidado.

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Debes demandar las convivencias, generalmente las fijan un sábado y a la siguiente semana el domingo y así sucesivamente, respecto de los periodos vacacionales, los fijan a mitades es decir, la mitad de las vacaciones con la mamá y la otra contigo, intercalando los periodos entre cada año, es decir, este año le tocaría a ella la primer mitad de los periodos vacacionales y a ti la segunda. Para el siguiente año sería a la inversa, tú la primer mitad y ella la segunda.

Ahora respecto a tu pregunta de donde puedes demandar, yo te recomendaría, contactar un abogado de Puebla e iniciar la demanda allá, una vez que se le dé trámite, otorgues mandato judicial, es decir que el abogado te representara en el juicio, para que pueda firmar a tu nombre y lleguen las notificaciones a ese despacho. Tú deberás estar informado de tu asunto, e incluso en algunos Estados, puedes dar de alta un servicio para que puedas revisar de manera íntegra el expediente a través de la página web de los Juzgados.

El Derecho de convivencias no es considerado un Derecho de los Padres, es considerado un Derecho para el menor y como tal esta tutelado muy enérgicamente, en otras palabras no pueden negar ese derecho a menos de que hubiere una causa para hacerlo.

Por cuanto ve al depósito de pensión, es excelente guardes los tickets (servirán de prueba), sin embargo una vez iniciada la demanda, te recomiendo lo hagas en la Central de Consignaciones del Juzgado, el monto de la pensión si bien no existe una tabla tabuladora de lo que debas depositar, si hay costumbres que al menos acá en Querétaro por un solo menor se acostumbra fijar el 25% de tu salario. Espero haber sido de ayuda, y si te gusto la pequeña asesoría no dudes en dar una recomendación virtual en la página. Saludos =D

Representación Jurídica Amador y Asociados Abogado en Santiago de Querétaro

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