Vivo en una casa desde el 2009 y tiene un adeudo de predial desde 2011 hasta la fecha la casa no tiene escrituras, lo que quiero saber es que puedo hacer para tener está casa a mi nombre, eh pagado todos los recivos desde el 2009 sólo el predial no, si líquido la cuenta del predial podré hacer juicio para quedarme con la casa. La casa tiene diferentes nombres en recivos y predial.
Recibo de agua.
Recibo de gas y luz.
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Hola Karla, si la casa está dada de alta en Catastro municipal para el pago del predial es posible que sí esté escriturada. El proceso que pretendes hacer se llama Prescripción Adquisitiva y es necesario que se verifiquen los antecedentes en Registro Público de dicha propiedad. Quedamos a tus órdenes. Saludos,
Buenas tardes, se tiene que revisar a nombre de quien se encuentra el bien en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de su localidad.
Por otra parte el impuesto predial es un impuesto municipal, unipersonal, es decir que no es transferible a terceros, por lo cual si usted paga el impuesto predial lo haría a cuenta de quien es propietario.
Cabe mencionar que el pago del impuesto caduca a los 5 años a partir de cuando se debió de pagar, por lo tanto si el impuesto es de 2011 probablemente ya no se tenga la obligación de pagarlo, solo lo correspondiente a 5 años para atras.
De esta forma se podra acreditar que se encuentra posesionando el bien inmueble y solicitar su prescripción en la vía jurisdiccional.