Patente por tesis
Hola, estoy desarrollando un producto para mi tesis que involucra un código MC -DOS completamente nuevo . ¿Es posible patentarlo?
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Buenas tardes Daniel, tu invención en el sistema operativo que señalas por ser novedoso puede ser registrado como propiedad industrial, máxime si puede ser explotado por su utilidad. En nuestra firma contamos con abogados especialistas en la materias de patentes, modelos y propiedad intelectual que necesitas, y podemos atenderte en el Distrito Federal, Estado de México, Morelos, Hidalgo, Puebla, Querétaro, Veracruz y otros estados de la República a convenir.
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Claro que sí, todo patrimonio sea físico o intelectual es posible patentarlo. Si gustas y en beneficio de tu economía familiar presentamos a tu disposición nuestro servicio de consultoría online, mediante el cual por vía correo electrónico podemos tramitar tu asunto, o si lo deseas también en la forma tradicional como tu gustes.
En Coello'S & Asociados: Consultorìa "On Line"...
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Que tal daniel:
Buenas tardes, es posible registrar tu programa en el INDAUTOR y que obtengas los derechos morales y patrimoniales por tu programa, así como la explotación que puedas considerar y los beneficios que puedas obtener, derivado de este registro.
Estamos a tu servicio.
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buen dia estimado daniel lopez
desde luego que si se puede patentar e incluso formalizar tus derechos de autor
contactanos para darte mas detalles
saludos y en hora buena
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Estimado Daniel, el código que has desarrollado es posible protegerlo como software a través de un registro de derechos de autor, no mediante una patente porque la Ley de la Propiedad Industrial no considera el software o programa de computación como una invención (Art.19, frac. IV) y por tanto no es patentable. Sin embargo, existe la posibilidad de patentarlo si dicho programa lo vinculas con un sistema, o sea con hardware, para desarrollar una función o metodología determinada. Esto último es común hacerlo y solo de esa forma se puede patentar porque el código como tal no es patentable.
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Pido perdón por mi ignorancia. ¿Usted se refiere a un sistema operativo de cómputo? Si es el caso, claro que puede registrarlo, como se ha hecho con muchos.
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