Mi expareja registró a mi hijo unicamente con sus apellidos, sin mi consentimiento y por ende sin mis apellidos, afirma que no quiere mi dinero, pero cómo podría defenderme en caso de que dicidiera demandarme y exigiera una pensión alimenticia.
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Interesante y controversial tu caso, pues nadie te garantiza que dentro de veinte años te demande la madre por el reconocimiento de la paternidad y los alimentos caídos, pues los genes y los Alimentos no caducan ni prescriben , es decir siendo positiva la prueba de ADN, se te condenaría a pagar, de manera que si de verdad quieres estar completamente cubierto, deberás de contratar a un Abogado para que seas tu mismo quien exijas de la madre que reconozca tu paternidad, que se fije una pensión justa, y comenzar a depositarla en el Juzgado, de manera que cuando la madre pretenda demandar, solamente tendrá derecho a recoger los depósitos, pues si bien los alimentos no prescriben, el derecho de oponerse a la consignación en el caso de considerarla insuficiente y de recurrir la determinación que la fija, si es prescriptible. Puedes arriesgarte a que jamás serás demandado, pro existen cientos de casos en toda la republica en los que los padres apostaron a eso y después de quince años se arrepienten de no haber optado por las consignaciones, y lo malo es que nadie puede saber a quien si le harán efectivo el cobro retroactivo y en cuanto tiempo, o a quien de plano jamás le exigirán ni un vaso de agua.
Tiene todo el derecho de demandar una pensión alimenticia a favor de su hijo, le asiste el derecho aunque no tenga tu apellido, lo que te recomiendo es que veas la posibilidad de conciliar con ella y que puedas convenir mediante un juicio el pago de la pensión y el régimen de convivencia con tu bebé.
Te comento que es lo mejor, sobre todo para ese inocente que no pidió venir y que es un angelito, date la oportunidad de sentir el beso de tu hijo y llamarte papá porque después con el tiempo, podría demandarte la pensión retroactiva desde la gestación hasta el día que presente su demanda. Sé inteligente y actúa. Saludos. Quedo a tus órdenes.
Efectivamente, como te han señalado en el comentario anterior, nadie puede garantizarte el que dentro de unos años la madre del menor inicie un procedimiento en tu contra reclamándote no solo una pensión alimenticia, sino el pago de alimentos retroactivos de conformidad con el criterio sostenido recientemente por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de rubro "ALIMENTOS. LA PENSIÓN ALIMENTICIA DERIVADA DE UNA SENTENCIA DE RECONOCIMIENTO DE PATERNIDAD DEBE SER RETROACTIVA AL MOMENTO DEL NACIMIENTO DEL MENOR.".
Por lo anterior, es recomendable empiece usted un procedimiento demandando el reconocimiento de paternidad y solicitando se fije una pensión alimenticia para el menor, acorde a sus posibilidades económicas.