Hace 9 años está abandonada y los vecinos no saben donde esta la dueña. Sólo tengo un recibo de agua donde dice vivienda deshabitada y con un alta cantidad de adeudo. Hay mucho pasto y vidrios rotos se mira que nunca han ido a limpiar.
¿Podré adueñarme de ella?
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La posibilidad es más de hecho que de derecho, mas sin embargo es inevitable el caso de las ocupaciones de este tipo que están previstas en la ley, esta posesión se le llama de mala fe, no es delicutosa mientras no se haga con violencia, subrepticiamente, durante la noche, y que se le de plena publicidad al acto. desde ese momento comienza a generarle derechos la posesión que podrá inscribir en cinco años, y la prescripción a su favor que podrá solicitar de Juez Civil en diez años, o de plano buscar al liquidador de la Sociedad en quiebra, (Judicialmente de ser necesario) y llegar a un acuerdo para la adquisición de los derechos de la finca a precio razonable
La posibilidad es más de hecho que de derecho, mas sin embargo es inevitable el caso de las ocupaciones de este tipo que están previstas en la ley, esta posesión se le llama de mala fe, no es delicutosa mientras no se haga con violencia, subrepticiamente, durante la noche, y que se le de plena publicidad al acto. desde ese momento comienza a generarle derechos la posesión que podrá inscribir en cinco años, y la prescripción a su favor que podrá solicitar de Juez Civil en 10 años, o de plano buscar al liquidador de la Sociedad en quiebra, (Judicialmente de ser necesario) y llegar a un acuerdo para la adquisición de los derechos de la finca a precio razonable.
La posibilidad es más de hecho que de derecho, mas sin embargo es inevitable el caso de las ocupaciones de este tipo que están previstas en la ley, esta posesión se le llama de mala fe, no es delicutosa mientras no se haga con violencia, subrepticiamente, durante la noche, y que se le de plena publicidad al acto. desde ese momento comienza a generarle derechos la posesión que podrá inscribir en cinco años, y la prescripción a su favor que podrá solicitar de Juez Civil en 10 años, o de plano buscar al liquidador de la Sociedad en quiebra, (Judicialmente de ser necesario) y llegar a un acuerdo para la adquisición de los derechos de la finca a precio razonable.
Yoali Casados buen día mi recomendación es que antes de que te decidas a habitar ese inmueble (e inviertas en arreglarla ya que muchas veces las personas invierten grandes cantidades de dinero y luego lo pierden porque aparece el banco o los dueños de dicho inmueble), investiga la situación legal que guarda dicho inmueble antes de invertir y pagar adeudos si gustas nosotros contamos con ese servicio y en base a está decides si ya inicias procedimiento legal (que es mucho más costoso) o bien mejor te decides a comenzar tu patrimonio con otro inmueble en donde no se vea afectada tu inversión.
Saludos V&L Corporativo Legal e Inmobiliario