El padre de mi hija me deposita cada quincena 1600 pesos, ella está en el preescolar pero él dejo de darle durante un año su pensión por caer en prisión, pero como su caso de resolvió y quedó en libertad le devolvieron todo lo que no le dieron en un año y yo no recibí ni un sólo peso por lo que no me dio en ese tiempo, no quiere darme dinero de aguinaldo, ni utilidades, ni de aumento y quiero demandarlo, ¿cuánto me correspondería de porcentaje?
Respuesta enviada
En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente
Ha habido un error
Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.
Mejor respuesta
Esta respuesta ha sido útil para 1 personas
El cumplimiento de la pensión debe ser literal como establece la sentencia que la fijó. Y las cantidades no entregadas deben cubrirse están pendientes y no prescribe ni caduca el exigir su cobro, PERO obviamente debe de hacer su reclamación a través del Juez que fijo la pensión, como imagina Usted que el juez le ordenará que se lo entregue si usted no le pone al tanto. Contrate un Abogado, exíjalo ante el juez, este requiere al deudor, si no cumple, va a la cárcel.
Buenas Tardes, con mucho gusto la orientaremos y ayudaremos, me gustaría que pudiéramos platicar y de esta forma conozca nuestros servicios y costos, le agradecería mucho que me llame al numero de celular que aparece en los datos del despacho o bien mandar un correo electrónico para poder contactarle.
Le reitero que estamos para servirle y que estaremos atentos para poder servirle.
El porcentaje que fijan los jueces en el Estado de México y Distrito Federal, varía entre un 15% a un 20%, la ventaja que tiene al demandar es que obtiene desde ese momento una pensión alimenticia provisional, en la que abarca prestaciones ordinarias, como extraordinarias( aguinaldo, prima vacacional etc.) Si requiere una asesoría jurídica personalizada no dude en marcarnos.