Realizada por Winston rosas. 26 abr 2016
Arrendamiento
Tenemos cinco años rentando un departamento y solo el primer año nos realizaron contrato, ahora hay cambio de administración (entre hermanos) y el nuevo arrendador quiere que nos retiremos del bien inmueble, o que le firmemos un contrato por dos meses con finalización en mayo (siendo que por fechas mi contrato vencería en septiembre), ¿es válido esto? ¿Pueden pedirme desocupar de esta manera? Cabe mencionar que jamás hemos incumplido en el pago de renta y servicios.
Quisiera saber más información al respecto.
Muchas gracias.
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Buenas noches winston Rosas, no firmes nada en base al Estado en que te encuentres cuando al cambio de arrendador deben notificar y por ende no pueden someterte a un nuevo contrato con condiciones diferentes. Quedamos a tus órdenes para cualquier duda y/ aclaración que tengas y así a.poyarte para salir de estas preocupaciones que tienes en este momento y no te dejes sorprender.
Saludos.
Conviene que seas tú mismo quien solicite la pensión al Juez para que tengas la oportunidad de probarle realmente tus ingresos promedios mensuales, en base a los estimados, carta de tus patrones, opiniones y testimonios de vecinos, y acreditar tu modo de vida y estándar, de lo contrario se te fijara en base a los elementos que tu ex pareja le allegue al juez sin tu intervención y puede resultarte imposible de pagar.
No existen tablas tabuladores ni cuotas fijas. La pensión se fija tomando en cuenta DOS situaciones, por lógica una es primero, 1.- Las necesidades de los menores: El juez escucha a las partes y la documentación y determina cuanto es lo que necesitan para alimentos, educación, vestido y distracciones. Y distribuye la carga entre ambos de acurdo en lo que ganan, y quien tendrá la custodia; y 2.- Los Ingresos del padre (Pero este es el segundo factor). Si al padre no le es posible cubrir las necesidad que a él le tocan se fija lo más cercano posible de nodo que le quede para subsistir y para ahorro para el retiro. ES UN MITO creer que entre más gane el padre más le fijan, se deben analizar en conjunto los dos factores.
Por esto te conviene ser tu quien demandes para que no se te fije la pensión por testimoniales, inducciones y suposiciones de la madre, se te escuche y se te admitan las pruebas de cuanto percibes realmente
Asimismo el Juez fijara estrictamente el régimen de visitas y convivencias en el caso de que Ustedes no le propongan uno o que no se pongan de acuerdo en alguno, el cual debe de ser respetado por ambos, tú debes asistir y ella debe dejarlos convivir y no interferir, cualquier incumplimiento es violencia y maltrato infantil y el Juez le sancionara al incumplido, con amonestación, multa arresto y si se insiste en no dar las facilidades, en el proceso penal correspondiente, la cárcel y perder la custodia de los menores a cuidado.
Winston lo que puedes hacer es consultar con un abogado para que te apoye con el convenio con el nuevo arrendador y lo ratifiquen ante Justicia Alternativa muchas veces las personas negocian mejor ante un tercero. Con este y otros servicios te podemos apoyar en nuestras instalaciones y la tenemos de promoción para todos los usuarios de Abogacía. Estamos ubicados en la Ciudad de León Guanajuato y contamos con dos oficinas de atención. Saludos cordiales V&L Corporativo Legal e Inmobiliario.