¿Puede una tía solicitar la patria potestad de su sobrina?
Realizada por Carlos Andrés Álvarez Cardona. 15 oct 2015
Custodia
Conozco de primera mano un caso de negligencia por parte de los padres en persona de una menor de 15 años, en Cuernavaca, hasta han llegado a decirle "Hubiera sido mejor que tu no nacieras"; eso le ha creado vacíos emocionales que la han llevado incluso a atentar contra su vida. Una tía de la menor está dispuesta a hacerse cargo de ella. ¿Será Posible que obtenga su patria potestad?
Posdata: Yo contacto con ustedes desde Colombia, espero una pronta respuesta. Me preocupa muchísimo este caso.
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Cuando las condiciones son las narradas, son de fácil corroboración de manera legal, por lo que un juez puede revocar la custodia del menor y otorgarla a una persona que la acepte, claro que se sigue un Orden preferentemente están los Abuelos, quienes la rechacen entonces les asiste la obligación a los tíos, claro que el juez exige todo el tramite de ley, estudios opiniones del Consejo de Familia de la Procuraduría Social, y se les da a los mas aptos de cualquiera que haya mostrado interés, cuando hay solo un interesado pues es mas fácil la designación.
Es posible. La edad de la menor, agregado a las pruebas objetivas del maltrato, permite exponer un caso sólido ante un juez familiar. Si a eso agregamos un perfil sólido del candidato a recibir la PP y la declinación voluntaria de los familiares con beneficio de prelación.
por supuesto que la puede obtener mas aun si existe malos tratos por parte de los padres, amen, que indubitablemente se tendria que solicitar la corespondiente demanda familiar ante el juez familiar competente con residencia en cuernvaca con gusto podemos brindarle la atencion necesaria amen de la solucion pronta y expedita a la problematica que nos plantea agradeceremos su contacto inmediato
La patria potestad solo es inherente a los padres. Puede ser suspendida o pueden perderla por resolución judicial. Pero aunque sea perdida o suspendida seguirán a salvo obligaciones, limitando o restringiendo parcial o totalmente derechos.
Tu te refieres a la guarda y custodia, y claro que puede ostentarla una tía. Se trendria que ventilar una controversia del orden familiar ante la autoridad competente y acreditar los extremos que establece la ley.
Estamos a tus ordenes