Buenas tardes, mi padre acaba de fallecer sin testamento, no encontramos las escrituras de la casa que estaban a su nombre y su sus sobrinos amenazan con un juicio para quitarnos la casa.
Mi madre estaba casada con mi padre por sociedad conyugal. Es posible que ellos puedan cambiar a su nombre la casa o ganarnos el juicio.
Gracias.
Respuesta enviada
En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente
Ha habido un error
Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.
Mejor respuesta
Esta respuesta ha sido útil para 6 personas
A veces las personas respondemos precipitadamente dejando de poner atención a cuestiones que desconocemos porque no se mencionan pero ello no significa que no puedan existir.
Con información tan incompleta nadie les puede decir que no hay nada de qué preocuparse. Claro que podría haber de qué preocuparse, pero para saberlo es necesario conocer las circunstancias reales.
por ejemplo, si el padre heredó el inmueble antes de casarse, la madre no tendría derechos sobre ese bien, y si el padre no fue el único que heredó el inmueble sino también alguno de sus hermanos que ahora pudiera haber fallecido también, entonces los hijos de ese tío también tendrían derechos sobre ese bien.
Por ello es necesario iniciar el proceso de sucesión para que todos reclamen lo que a su derecho convenga y la realidad se desvele.
Mucha suerte.
Comentarte que para que algún abogado pueda auxiliarte, te recomiendo que acudas al Registro Publico de la Propiedad de tu localidad, a fin de realizar una búsqueda de la propiedad y saber si hay escrituras debidamente registradas, a partir de ahí podrías darte cuenta de que hacer.
Es importante conocer primeramente que el inmueble este efectivamente a nombre de su padre e inscrito en el Registro de la Propiedad y Comercio correspondiente a la localidad en que se encuentra el bien, esto a fin de tener la certeza jurídica para poder ejercer cualquier acción legal.
En el supuesto de que el inmueble esté a nombre de su padre, y todos los herederos (hijos y esposa primeramente) tienen capacidad plena, son mayores de edad y no existen problemas entre ustedes, pueden acudir con un notario para abrir el proceso de sucesión u optar por un juicio sucesorio ante la autoridad judicial (el cual es un tanto más económico pero puede ser más tardado), por lo que sus primos no tendrían derecho a quitarle su casa, dado que los que tienen derecho preferente son los familiares directos, salvo los casos en qué estos no existen.
Si la propiedad, no estuviera legalmente inscrita a nombre de su padre, el escenario sería más complicado, dado que habría que conocer e investigar si otra persona no la ha inscrito a su nombre o cuál es el antecedente registral de este inmueble para poder analizar la estrategia a seguir y en su caso que ustedes obtengan la propiedad del bien, dada la posesión que tienen de este de acuerdo con el transcurso del tiempo, lo cual en su momento deberá acreditarse.
Por su puesto que lo aquí comentado se responde sólo en términos de la información que nos proporciona, por lo que, para dar una respuesta más contundente y acertada, se tienen que conocer todos los antecedentes del caso y las pruebas con las que se cuenta.
Sin más por el momento quedamos atentos de sus dudas o comentarios, y a sus órdenes en caso de requerir una asesoría más especializada para iniciar alguna acción legal.
Que tal Nancy
La recomendación es que vallas al Registro Publico de la Propiedad y solicites una búsqueda a nombre de tu papá y ahí saldrán los bienes inmuebles propiedad de él. una vez hecho esto podrás promover el Juicio Sucesorio y en ese sentido poder reclamar ese bien.
Saludos
En la situación planteada es importante saber si la casa a la cual hacen referencia es en realidad de tu padre y madre, es decir; primero si ese bien fue adquirido dentro del matrimonio y segundo que este escriturado a nombre de alguno de ellos o de ambos, si eso no es así es necesario investigar el origen de esa casa realmente, si no tienen alguna escritura y se inicia la sucesión legitima claro que otras personas pueden tener derecho sobre esa casa.
No legalmente, pero podrían intentar hacerlo no obstante, por ello es importante que veas a un abogado con experiencia e inicies con la tramitación a la brevedad de un juicio sucesorio. Con lo que podrás tener la certeza jurídica de que ese bien es tuyo. Y ya no podrán quitartelo.
Hola buena noche, con la información que proporcionas te podría decir que no les pueden quitar su propiedad, sin en cambio para darte certeza de eso, tendríamos que analizar puntualmente toda tu información independientemente que tengas o no físicamente las escrituras.
Deben denunciar la sucesion de tu padre y posteriormente solicitar el el Registro Publico de a Propiedad copias certificadas de las escrituras de tu papa para exhibirlas en el juzgado en el inventario y avalúo, con eso se detiene cualquier acto que pudieran realizar los sobrinos de tu papá.
Buena tarde, los parientes hasta en cuarto grado pueden adquirir esa calidad de herederos a falta de la esposa, hijos o padres, en este caso que si hay esposa e hijos lo podrían hacer siempre y cuando ustedes no intervengan en el juicio, luego entonces lo recomendable es que ustedes inicien el juicio sucesorio Intestamentario
Buenas tardes, para realizar algún tramite como en este caso de escrituras se pueden solicitar las copias en el archivo general de notarias. y en el acta de matrimonio de sus padres esta asentado como sociedad conyugal lo cual deriva que el porcentaje absoluto del bien inmueble lo tiene su mamá, así que lo que hay que realizar es la búsqueda del instrumento notarial y así presentar denuncia de la sucesión intestamentaria a bienes de su padre.
Investiga en el registro público de la propiedad si la casa está a nombre de tu papá, saca copias certificadas de la escritura, no te pueden sacar, contrata un abogado para cambiar la propiedad de la casa, lo más seguro que se haga un suceso rio intestamentario.
MUY BUENAS NOCHES, a sus comentarios, le señalo que sus primos NO pueden quitarles la casa de su finado padre, a menos que ustedes no hagan nada para su defensa. Lo primero que deben de hacer es abrir la Sucesión In Testamentaria de su fiando padre reuniendo los requisitos de ley. Posteriormente, deberán dentro de ese juicio señalar a un Albacea, quien va a ser quien represente a los bienes de su finado padre, en cualquier juicio o cualquier asunto jurídico. Una vez, señalada la persona que será su Albacea, deberá apersonarse en el juicio que hace de referencia de sus familiares. . Dentro de ello, podrá el Albacea de su finado padre poder defender los intereses de su finado padre y de su madre, ya que así reconocen al inmueble como casa de sus padres.
En relación al régimen patrimonial de Sociedad Conyugal que estableció su señora madre cuando contrajo matrimonio civil con su finado padre. No se preocupe, es la mejor carta que tienen en caso de no defender los intereses creados por sus familiares en el juicio que dicen tener abierto en su contra, toda vez que su mamá podría intervenir de forma directa. Saludos cordiales. Licenciada Juárez.
PIERDAN CUIDADO, LO ÚNICO QUE VAN A HACER, ES GASTAR DINERO GRATIS; HAY UN PRINCIPIO GENERAL DEL DERECHO QUE DICE:"LOS PARIENTES MAS PRÓXIMOS, EXCLUYEN A LOS MAS LEJANOS"; USTEDES Y SU MAMÁ, SON LOS MAS PRÓXIMOS, ENTONCES, CUALQUIER PARIENTE, QUE SEAN USTEDES, SERÁN LOS MAS LEJANOS!!!,
No es posible que los sobrinos les quiten la casa, salvo que existiera testamento que los nombre a ellos herederos.
Te recomiendo iniciar a la brevedad un juicio sucesorio intestado, a fin de que nombren a ustedes como hijos y tu mamá como únicos herederos.
Si gustas ponte en contacto con nosotros, te podemos asesorar
Buen Día, lo principal a determinar es a nombre de quien se encuentra la casa, en el supuesto de que se encuentre a nombre de tu papá bajo ningún supuesto se las pueden quitar, ya que la misma en virtud del régimen matrimonial le corresponde al matrimonio en partes iguales por lo cual la parte que en estos momentos se encuentra intestada es la parte correspondiente al de tu papa por lo cual esa únicamente le corresponde a los que legalmente tengan derecho en ese caso a ustedes como hijos, mismo para que hacer valer ese derecho deberán realizar el tramite correspondiente.
No hay de qur preocuparse, de hecho cuando se inicia un juicio intestado, se tiene que girar oficios al registro de notarías para que rindan información si tienen esctrituras a nombre del fallecido. Tu mamá tiene todos los derechos, no hay nada que temer. Lo que el despacho recomienda es que ustedes inicien el juicio para que la casa quede escriturada a nombre de tu mamá.
Las personas legitimadas para denunciar la sucesión intestamentaria son los hijos y la viuda. Si se llegaran a presentar los sobrinos a tratar de deducir los derechos, no se les puede reconocer ningún derecho debido a que los hijos son a los que les corresponde adjudicarse los bienes de su padre fallecido.
Para darle una respuesta concreta debemos saber de quien es originalmente la casa. Si la casa es de su padre, ustedes como hijos pueden demandar la sucesión y quedarse con ella, si la casa es de sus abuelos, sus primos tienen derecho a la casa tanto como ustedes, su padre y sus tíos.
Lo invitamos a contactarnos, asesoría gratuita.