¿Puedo demandar a mi abogado por negligencia y daño moral?
Realizada por Armanda. 11 sep 2015
He llevado con mi abogado un proceso de más de 2 años y medio para el registro de mi marca comercial. Otras personas dedicadas profundamente al negocio del registro de marcas me están comentando que eso ya no es normal, que el abogado ha descuidado el asunto que me está llevando.
Ahora el abogado no me contesta el teléfono y no me entrega la documentación que requiero. Sé con certeza que no ingresa documentación ni elabora pagos ni da seguimiento cuando él dice hacerlo.
Ya perdí mucho tiempo y socios de negocios por no tener el registro de marca, y eso no es lo peor: ya me han informado que si no ingreso al IMPI una solicitud específica (nuevo formato) antes del 10 de octubre pierdo el proceso y el nombre definitivamente.
En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente
Ha habido un error
Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.
Mejor respuesta
Esta respuesta ha sido útil para 8 personas
Primeramente le sugiero ingrese a la página del impi e inicie los trámites otra vez o tal como le indicaron ya que hoy en día un emprendedor lo puede hacer solo como en hacienda el presentar nuestras declaraciones sin el contador y mejor le aconsejo lo denuncie penalmente incluso lo puede hacer también por internet y ya en su momento le llegara un mail o le llamaran por teléfono para indicarle a que fiscalía asistir para ratificar su denuncia y darle seguimiento, ya que derivado de la denuncia procederá la demanda por daño moral, puesto que la negligencia va implícita en el delito, pero cuidado porque debe ser muy mañoso y corromper al m.p.
Entendemos su predicamento y la poca confianza que ahora puede generarle el acudir con otro Abogado. Sin embargo en nuestra obligación recomendarle esto pues es lo mas adecuado, para que sea esta quien lo conduzca a la reclamación que Usted pretende.
como segunda opción únicamente podemos decirle que deberá de acudir a la Fiscalía de su estado, al área o con el Subpropcurador y/o SubFiscal encargado de la Investigación de delitos patrimoniales, y/o de el especializado en delitos denunciados en contra de profesionales si es que existe sino con los anteriores mencionados. y exponerle y presentarle su denuncia y seguir las indicaciones que allí se le den.
Desafortunadamente para el profesional que en un momento dado puede cometer algún descuido el cual después no tenemos el valor de reconocer para convenir con nuestro cliente, y afortunadamente para este cliente, si es posible reclamar del profesional del derecho el cumplimiento de lo pactado y/o en su defecto el resarcimiento de los daños o perjuicios que nuestro descuido les pueda provocar a nuestros representados y/o clientes.