Respuesta enviada
En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente
Ha habido un error
Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.
Claro los alimentos son imprescriptibles y lo son desde que se promulgó el código civil federal del treinta y tres, los alimentos pagados por una solo de los obligados son reclamables al padre que no aporto lo que le correspondía, desde el momento del embarazo hasta al momento en que se van a repartir los bienes que dejemos al morir.
¿Te pareció útil?
¡Gracias por tu valoración!
1 respuesta
Si
Los alimentos No Caducan
¿Te pareció útil?
¡Gracias por tu valoración!
Abogados especialistas en Pensión alimenticia
Ver más abogados especializados en Pensión alimenticiaExplica tu caso a nuestros abogados
Realiza tu consulta de forma anónima y recibe orientación legal en 48h.
abogados
preguntas
respuestas