Puedo quitarle a la bebe?

Realizada por Efraín. 30 abr 2020

Tengo dos años de casado y una hija de 9 meses, mi esposa y yo acabamos de rentar un departamento, peleamos el viernes pasado porque ella tiene una hija de una relación anterior y yo no me llevo bien con ella, el asunto es que mi esposa tomó dinero para comprarle unas hojas a su hija y yo me moleste, mi esposa no trabaja porque el embarazo de mi hija fue delicado y tuvo que renunciar, acordando que en cuánto la bebe tuviera poca más edad ella regresaba al trabajo pero con la situación de contingencia, ya no pudo hacerlo. En la discusión yo le pedí el divorcio y ella aceptó y me dijo que se iría con mi hija y yo le contesté que no podía llevársela que solo se llevara a la de ella, yo tengo un tío que es abogado y salí en ese momento a consultarlo y al regresar ella no estaba se fue con las niñas, no llego en toda la noche ni al día siguiente, fue hasta el día domingo que me llamo y que venía por ropa, yo le mande la llave con mi tía, ella quiso hablar conmigo pero me negué le dije que ya todo quedara así, hoy es miércoles y mi familia me h al aconsejado que no la busque ni a ella ni a la niña y que no les de dinero ya que mi hija se amamanta y usa pañal de tela, así que el dinero no sería para ella, lo usarían las otras dos, mi tío el abogado ya me dijo que si puedo quitarle a mi hija porque ella no trabaja. Esto es cierto?

Respuesta enviada

En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente

Ha habido un error

Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.

Mejor respuesta

Hola Efrain.

Lamento informarte que es muy falso lo que comenta tu tio seudoabogado, debes de pensar con la cabeza y con la logica, (a la ley de la igual las diferencias de pareja, ya son personas adultas, sino quieren estar uno con el otro simplemente se separan y divorcian).

Tu hija, necesita mas a la madre que a ti por la edad que tiene, hay mayor necesidad por la naturaleza de la edad que tiene tu hija. Lo que comentas de no darle pension, la pension no es para la madre apesar que en derecho estas obligado a darle pension alimenticia a tu conyuge y a tu hija, osea a las dos no solo a una. Sino le das pension, logicamente que la menor de edad estara mas limitada a sus comidas o cuidados, y demas necesidades. La señora eternamente sera su madre, tu la escogiste ya con hija de otra persona nadie te obligo.

En cuanto a guarda y custodia, varia un poco cada estado de la republica, en muchos casos la guarda y custodia es oficiosamente otorgada a la madre hasta los siete años, en otros es hasta los 12 o 13 años, depende cada entidad, ahora con las nuevas leyes, se elimino que oficiosamente sea otorgada a la madre, que se analicen cuantas pruebas suficientes para determinar la idoneidad de quien es mejor para el cuidado del menor, pero normalmente es hasta los tres años en adelante.... no de meses. A esta edad solo en casos de que la madre sea violenta y omisa del cuidado de su hija y no se haga responsable, o tenga problemas de drogadiccion u alcoholismo y ponga en peligro la integridad fisica y psicologica del menor. Aclarando que usted tambien sea un santo padre y responsable....

Le invito a que siga apoyando con pension alimenticia, ya que esta es retroactiva tambien y puede incurrir en el delito de incumplimiento de la obligacion de los alimentos e ir a la carcel y ser embargado en salario u bienes ya que es un asunto tambien que se vuelve mercantil. Si se divorciara lleguen a un acuerdo para que sea voluntario, es mas rapido y economico, y ahi estipulan visitas convivencia, guarda y custodia, alimentos, vacaciones etc....

Por cierto no es recomendable que un progenitor que no viva con la menor se la lleve sin llevar a la madre consigo, sino solo sean bajo visitas en un domicilio asi como tambien, si saldra, siempre vaya la madre, cumpliendo tres años en adelante es la edad recomendable que el padre progenitor puede llevar consigo a su hija sin estar la madre presente..

Todo es logica y ley.

Saludos.

Lic. Raúl Francisco Díaz Mortera Abogado en Minatitlán

9374 respuestas

24420 votos positivos

Contactar

¿Te pareció útil?

¡Gracias por tu valoración!

Buenas tardes, los derechos de los niños estan protegidos por la ley, la bebe tiene 9 meses y como lo menciona, todavia toma leche materna, por lo que no es posible quitarle a la bebe.

Lic. Robles Abogado en Puebla de Zaragoza

329 respuestas

263 votos positivos

Contactar

¿Te pareció útil?

¡Gracias por tu valoración!

Mediante un proceso de guarda y custodia puede solicitar hacerte cargo de la bebe, un juez determina quién de los progenitores es el más apto para cuidar a la menor. Tere Llerena especialista en materia familiar. Me encuentras en face con ese nombre o en link

P&LL Abogados Abogado en Naucalpan de Juárez

22 respuestas

7 votos positivos

Contactar

¿Te pareció útil?

¡Gracias por tu valoración!

se la puedes quitar pero por otras causas graves, pero no, por no trabajar, es falso, debes de tomar decisiones propias y no por influencia de tu familia eres adulto y tienes una bebe, que no tiene la culpa de errores de adultos y menos por unas hojas, si la mamá de tu hija quiere, te va a demandar los alimentos y tendrás que pagar, en algunos Estados es delito el no dar alimentos, ten cuidado.

GarciAbogadoS Abogado en Santiago de Querétaro

836 respuestas

400 votos positivos

Contactar

¿Te pareció útil?

¡Gracias por tu valoración!

Mi consejo es que trates de contactarla para llegar a un acuerdo escrito por el que convengan su divorcio, y en ese mismo documento fijen pensión, convivencias con la bebé y domicilios correspondientes.

Si no hay contacto con ella, puedes demandarle la convivencia con la bebé, a lo que posiblemente ella te reconvenga la pensión alimenticia, razón por la que se te descontará mínimo un 25% por ciento de tu sueldo y demás prestaciones.
De una u otra forma se tienen que definir las convivencias, la pensión de alimentos y la forma de garantizarlo.
Y no, no es cierto que le puedas quitar a la bebé porque no trabaje. La única forma de "quitarsela", es demandar la pérdida de patria potestad, pero se tendría que comprobar que la mamá incurre en vicios graves, tiene problemas mentales, o que su conducta no es la adecuada.

Abraham Moreno Flores Abogado en Xalapa Enríquez

48 respuestas

11 votos positivos

Contactar

¿Te pareció útil?

¡Gracias por tu valoración!

El que ella no trabaje, no es elemento para quitarle a su hija, usted va a trabajar y no va velar por la salud y educación de la bebe, ahora bien, cuando usted conoció a su esposa, la conoció con su primer hija y acepto el paquete completo, si el problema fue solo por unas hojas, es obvio que el del problema es usted, si no va ayudarlas mejor aléjese, que ella con o sin su ayuda saldrá adelante.

Defensa Migratoria Tapia & Asociados Abogado en Puebla de Zaragoza

144 respuestas

79 votos positivos

¿Te pareció útil?

¡Gracias por tu valoración!

Hola Efrain; NO, NO ES CIERTO, tu tío se equivoca; tu tienes obligación de dar manutención para tu esposa y para tu bebé, no importa que ella tome leche materna y use pañal de tela. Cualquiee Juez como medida provisional de alimentos te retendría entre un 30 y un 40% de tu salario para dárselo a ella, aunque tu alegues tales situaciones. Suerte...!

Lic. Andrés Osvaldo Navarrete Díaz Abogado en León

577 respuestas

1427 votos positivos

Contactar

¿Te pareció útil?

¡Gracias por tu valoración!

Buenas Noches.
Le comento que usted se encuentra en aptitud de demandar la guarda y custodia, por ser su padre, ahora bien, si su madre no puede cuidarla y es negligente, es muy probable que usted tenga a la bebé. Además que la retención de menor constituye un delito.

Suerte.

Un saludo.

CY Consultoría Legal Abogado en Cuautitlán Izcalli

14 respuestas

2 votos positivos

Contactar

¿Te pareció útil?

¡Gracias por tu valoración!

Efraín, que tal, no es así como te comentaron, por la edad del menor y las condiciones del mismo, además que esta reciente la separación, no veo viable que el juez te de un buen resultado!

Asesoría y representación jurídica Martinez & Martinez Abogado en Ensenada

138 respuestas

55 votos positivos

Contactar

¿Te pareció útil?

¡Gracias por tu valoración!

Explica tu caso a nuestros abogados

Realiza tu consulta de forma anónima y recibe orientación legal en 48h.

50 QANDA_form_question_details_hint

Tu pregunta y sus respuestas se publicarán en el portal. Este servicio es gratuito y no sustituye a una sesión de asesoría profesional.

Enviaremos tu consulta a expertos en el tema que te ofrecerán llevar tu caso personalmente.

La sesión de asesoría no es gratuita. El precio estará sujeto a las tarifas del profesional.

La sesión de asesoría no es gratuita. El precio estará sujeto a las tarifas del profesional.

Introduce un apodo para mantener tu anonimato

Tu consulta está siendo revisada

Te avisaremos por e-mail cuando esté publicada.

Esta consulta ya existe

Por favor, utiliza el buscador para conocer la respuesta

abogados 6250

abogados

preguntas 41150

preguntas

respuestas 72600

respuestas